La familia en la declaración de la renta,
como hay muchas combinaciones, dificulta saber cómo se incluye.
La clave está en cómo rellenes los datos personales:
Ten mucho cuidado en la letra que eliges al cubrir los datos.
Uno de los descuentos importantes en la declaración de renta es la aplicación del minimo por descendientes, es decir, una cantidad que se resta de los ingresos y no se tributará por ella.
El mínimo personal y familiar es el resultado de sumar las cuantías correspondientes al:
- Mínimo del contribuyente.
- Mínimo por descendientes.
- Mínimo por ascendientes.
- Mínimo por discapacidad del contribuyente, de sus ascendientes o descendientes.
El minimo por descendientes es:
- 2.400 euros anuales por el primero.
- 2.700 euros anuales por el segundo.
- 4.000 euros anuales por el tercero.
- 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo que corresponda de los indicados anteriormente se incrementará en 2.800 euros anuales.
Si tus hijos son menores de edad forman contigo unidad familiar a efectos fiscales
Si tienen 18 o más ya no forman parte de la unidad familiar
pero
Puedes meter en tu declaración de renta a los hijos menores de 25 años
-siempre que convivan contigo
-no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros
-y no presenten su propia declaración de renta con rentas superiores a 1800 euros
(Definición de rentas superiores a 8000 euros para ver si puedes deducir por tu hijo:)
(ojo, si tu hijo mayor de edad presenta su propia declaración y las rentas que declara son más de 1800 euros,
ya no te lo podrás meter en tu declaración para deducir por él)
Si tu hijo ha realizado la declaración de la renta por su cuenta pudiendo tú incluirlo dentro de la unidad familiar podrás anular su declaración siempre que no estuviese obligado a declarar y que el resultado sea beneficioso para la familia en su conjunto, dentro del plazo para declarar.
Si el hijo es mayor de 25 sólo podrás meterlo si hay discapacidad superior al 33% y cumplen los requisitos anteriores
De los requisitos mencionados el que más dudas suscita es el de la convivencia, sobre todo en caso de divorcio.
El minimo exento familiar corresponde a quien tenga la custodia. Si la custodia es compartida se prorratea entre ambos padres, pueden deducir la mitad cada uno.
(La deducción por hijo se prorratea a parter iguales entre los padres con los que conviven
también aunque no haya matrimonio entre los padres).
Y aunque uno no se lo aplique, el otro no puede aplicarlo entero.
Recuerda:
El mínimo por descendientes se distribuirá entre los padres con el que conviva el descendiente por partes iguales, aun cuando uno de ellos tribute conjuntamente con los hijos.
Cuando alguien me dice que quiere «meter» a su hijo en la declaración, le explico que hay que distinguir.
Aplicar el minimo por descendiente no es lo mismo que hacer la declaración conjunta.
puedes aplicar el minimo por descendiente en caso de convivencia con tu hijo, incluso si hay separación matrimonial o no hay matrimonio entre los padres.
Pero sólo uno de los padres puede hacer declaración conjunta
Con guardia y custodia compartida la opción por tributar conjuntamente con los hijos puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, pero sólo uno.
Tendrá que haber acuerdo sobre cuál hace en conjunta.
Si no hay acuerdo, cada año uno puede ser una opción. Pero ojo, si lo hacéis los dos, hacienda os quitará a los dos la opción.
Si un padre no tiene custodia, ni siquiera compartida, no puede aplicar el minimo exento por el hijo, sólo podrá deducirse lo que paga por «alimentos». (Lo que supone que no debes poner los datos de tus hijos en la declaración)
(ojo, el progenitor que sin tener asignada la guarda y custodia de los hijos, ni siquiera de forma compartida, y sin satisfacer anualidades por alimentos en favor de estos por decisión judicial contribuye, no obstante, al mantenimiento económico de aquellos, tendrá derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.)
RECUERDA:
Si el hijo menor de edad tiene rentas superiores a 1.800 euros, el progenitor con el que tribute conjuntamente se aplica todo el mínimo por descendientes y el otro en ningún caso tienen derecho al mínimo.
Una vez se extinga la custodia por ser mayor de edad, el padre/madre que conviva con el hijo (menor de 25 años) podrá seguir aplicando el minimo por descendiente.
OJO, esos 1800 son netos, después de aplicar los gastos deducibles. Por ejemplo en rendimientos del trabajo se tomaría la casilla 0022, «rendimiento neto», antes de la reducción.
Eso supone que brutos pueden ser bastante más que los 1800, pues uno de los gastos deducibles en rendimientos del trabajo es de 2000 euros.
Aunque ganara brutos unos 4000 euros no descartes. Mira en cúanto le queda el rendimiento neto
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