Premio de lotería de Navidad en la declaración de Renta

Si has tenido la suerte de que en Navidad te tocara algún premio, ahora, al hacer la Declaración de la Renta te surge la duda de si debes incluirlo.

La respuesta es NO.

NOTA: No existirá obligación cuando el premio obtenido hubiera sido de cuantía inferior al importe exento o se hubiera practicado retención.

CANTIDADES 1
Premio de lotería de Navidad en la declaración de Renta 2

En el año 2013 se creó el gravamen especial sobre los premios obtenidos en loterías y apuestas.

Todos aquellos premios cuyo importe sea igual o inferior a 40.000 euros estarán exentos de este impuesto especial, por el contrario, los premios que sean superiores a 40.000 euros deberán someter a tributación aquella parte del mismo que supere los 40.000 euros.

Este impuesto se paga al cobrarlo, ya te retienen el 20%, el banco te ingresará ya la cantidad libre de impuestos.

  1. Premios organizados por Loterías y Apuestas del Estado y órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, sorteos de la Cruz Roja y de la ONCE.
  2. Premios de loterías, apuestas y sorteos organizadas por organismos públicos o entidades sin ánimo de lucro establecidas en otros Estados miembros de la UE o del EEE.

    OJO, El resto de premios no siguen este régimen especial y se considerarían una ganancia patrimonial más, que en este caso se integraría en la base general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp

“Este contenido ha sido creado el 13/05/2024, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com

“El contenido de los artículos pretende informar, de forma general, a los clientes, reales o potenciales, de diferentes aspectos que pueden ser de su interés o utilidad. No es su cometido detallar de forma exhaustiva, trámites, condiciones o requisitos ni sustituir un asesoramiento especializado que atienda a cada caso particular y sus necesidades. De ningún modo Begoña Fernández Enríquez se responsabiliza de actuaciones individuales iniciadas tras la lectura de los mismos y que no le hayan sido expresamente encargadas”.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Busca por temática

Publicaciones Relacionadas

Descarga tu Ebook Gratis sobre Subvenciones para Emprendedores en Galicia!

¿Eres emprendedor en Galicia y quieres hacer crecer tu negocio con ayudas económicas?

 ¡Tengo la solución perfecta para ti! 

Soy Bego de Asesoraemprende, y he creado un e-book exclusivo y gratuito que te mostrará cómo acceder a las mejores subvenciones disponibles en Galicia.

 

En este e-book encontrarás:

- Subvenciones clave para tu negocio

- Requisitos esenciales y cómo preparar una solicitud ganadora.

- Consejos prácticos para aumentar tus posibilidades de éxito

 

Descarga tu e-book gratuito hoy y aprovecha todas las oportunidades de financiación disponibles para tu negocio en Galicia! 

Rellena el formulario para obtener tu copia gratuita.

¡Te has suscrito correctamente!