Fecha de publicación: 10 de agosto de 2018
Programa de empleo con apoyo (procedimiento TR341L): CONVOCATORIA CERRADA
Orientación, asesoramiento y acompañamiento a la persona trabajadora apoyada elaborando
para cada persona trabajadora un programa de adaptación al puesto de trabajo.
y
Programa de incentivos a la contratación a tiempo parcial y a la formación (TR341U)
Por medio de este programa las empresas que soliciten la subvención tendrán la posibilidad de obtener dos tipos de ayuda compatibles: un bono de contratación a tiempo parcial y un bono de formación.
a) Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación por cuenta ajena con una tiempo parciaduración inicial mínima de seis meses y jornada a tiempo parcial de las personas con discapacidad o en situación de riesgo o exclusión social. Las cuantías de los incentivos a los contratos a tiempo parcial celebrados con personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada ordinaria máxima legal, tomando como referencia para el cálculo de la subvención la cuantía correspondiente al 50 % de la jornada, que será de 2.000 euros (incrementándose en un 25% en el caso de colectivos específicos).
b) Bono de formación (opcional) dirigido a las personas contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo. Esta formación se incentivará con una ayuda de 1.000 euros por cada persona contratada que la reciba en su integridad.
Plazos de solicitud:
Las solicitudes de los bonos de contratación y formación por las contrataciones subvencionables
realizadas entre el 1 de octubre de 2017 y la fecha de publicación de esta
orden deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, es decir, haste el 10 de septiembre
Las solicitudes de los bonos de contratación y formación por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán presentarse en el plazo de un mes desde la fecha en que se inicie la relación laboral por la que se solicita la ayuda.
El plazo para presentar las solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2018, aunque en
esa fecha no hubiese transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior.
Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas
empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas
las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes
Como consecuencia de la contratación inicial que se fomenta tiene que incrementarse
el empleo neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, respecto a los tres meses
anteriores al mes de realización de la contratación por la que se solicita subvención.
Cuantía de los incentivos
Las cuantías de los incentivos a los contratos a tiempo parcial celebrados con personas
con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social serán proporcionales
al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada ordinaria máxima legal,
tomando como referencia para el cálculo de la subvención la cuantía correspondiente al
50 % de la jornada, que será de 2.000 euros.
La cuantía se incrementará en un 25 % en los siguientes
casos, que son acumulables entre sí:
– Si la persona incorporada es una mujer.
– En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de éste)
esté situado en un ayuntamiento rural.
– Personas mayores de 45 años.
– Si la persona incorporada es un emigrante retornado
Exclusiones
relaciones laborales de caracter especial, contratos con familiares, y
Las contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los 24 meses anteriores
a la fecha de la contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de
empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante
un contrato de carácter temporal
Las personas trabajadoras que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en
otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se
solicita la subvención, excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido
reconocido o declarado improcedente o se extinga por alguna de las causas señaladas
en los artículos 49.1.g), 51 y 52.c) del Estatuto de los trabajadores.
Enlace al Doga:
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2018/20180810/AnuncioG0424-300718-0001_es.pdf
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