Si eres autónomo y tributas en estimación directa, hay un formulario que tarde o temprano va a formar parte de tu vida: el modelo 130. Seguramente lo hayas oído nombrar, o incluso ya lo hayas presentado alguna vez, pero ¿tienes claro qué es el modelo 130 y cómo se presenta correctamente?
En esta guía voy a explicarte todo con un lenguaje sencillo y práctico, para que no tengas que perder horas descifrando instrucciones de Hacienda. Te contaré quién está obligado a presentarlo, cómo rellenarlo paso a paso, cuándo se presenta y cuáles son los errores más habituales que debes evitar.
Además, te daré trucos para optimizar tu pago y no pagar de más, gracias a la posibilidad de compensar pérdidas y deducir correctamente tus gastos.
Índice de Contenidos
Qué es el modelo 130
Es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En otras palabras: es un adelanto que haces a Hacienda de parte del IRPF que te corresponderá pagar en tu declaración de la renta anual.
Este pago anticipado se calcula sobre el rendimiento neto que hayas obtenido en el trimestre, aplicando un porcentaje fijo del 20%.
Es importante entender que presentar este modelo no significa pagar un impuesto extra, sino adelantar parte del impuesto que ya te tocaría pagar igualmente en la renta anual. Así, Hacienda se asegura de que no acumules toda la deuda fiscal al final del año y tú evitas un pago único demasiado elevado.
Lo que haces con este modelo es pagar a Hacienda por adelantado un 20 % de tus beneficios (ingresos – gastos deducibles). Es un pago a cuenta: luego, cuando hagas la declaración de la renta anual, se restará de lo que te toque pagar (o devolver).
Quién está obligado a presentarlo
Es obligatorio para:
- Autónomos que tributan en estimación directa normal o simplificada.
- Socios de sociedades civiles o comunidades de bienes que tributen en estimación directa.
No están obligados a presentarlo:
- Autónomos que facturan más del 70% de su actividad a empresas o profesionales con retención en las facturas.
- Autónomos que tributan en estimación objetiva (módulos), que presentan el modelo 131 en su lugar.
Plazos para presentar el modelo 130
Se presenta de forma trimestral:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente
Si el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil. Ojo, festivo local no cuenta, solo si es festivo nacional.
Si quieres domiciliar el impuesto, es decir, que sea Hacienda quien se encargue de realizar el cobro el último día, debes presentarlo como mínimo 5 días antes, normalmente el plazo terminará entonces el día 15. (Esa es la razón por la que las gestorías de impuestos necesitan con tiempo los documentos, ya que deben dejar listos todos los impuestos antes del día 15).
Plazos de domiciliación bancaria (cuando pagas el impuesto cargado automáticamente) se amplían también si el plazo general se amplía, y debe haber al menos 3 días hábiles entre el vencimiento del plazo de domiciliación y el fin del plazo voluntario de presentación.
Si el último día de presentación se desplaza por ser inhábil, la domiciliación también se alarga el mismo número de días.
Calendario de presentación 2025
| Trimestre | Periodo a declarar | Plazo de presentación | Observaciones |
|---|---|---|---|
| 1º Trimestre | Enero – Marzo | Del 1 al 20 de abril | 21 de abril fue el último día al caer en domingo el día 20 |
| 2º Trimestre | Abril – Junio | Del 1 al 20 de julio | 21 de julio al ser domingo el día 20 |
| 3º Trimestre | Julio – Septiembre | Del 1 al 20 de octubre | el 20 de octubre es día hábil por eso no hay cambio |
| 4º Trimestre | Octubre – Diciembre | Del 1 al 30 de enero | del 1 al 30 de enero del 2026 |
¿Cómo se presenta?
1. Acceder al formulario
Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y selecciona el modelo 130. Puedes identificarte con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
2. Datos identificativos
Introduce tu NIF, nombre y apellidos, y selecciona el ejercicio fiscal y trimestre correspondiente.
3. Cálculo de ingresos y gastos
Para cumplimentar el modelo 130, el primer paso es calcular tu rendimiento neto:
Ingresos totales – Gastos deducibles = Rendimiento neto.
Aquí hay que tener cuidado con una diferencia importante respecto al modelo 303 de IVA:
- El modelo 303 se presenta por trimestre natural (solo enero-marzo, abril-junio, etc.).
- El modelo 130, en cambio, es acumulativo:
- 1er trimestre: ingresos y gastos de enero a marzo.
- 2º trimestre: ingresos y gastos de enero a junio.
- 3er trimestre: ingresos y gastos de enero a septiembre.
- 4º trimestre: ingresos y gastos de enero a diciembre (es decir, todo el año).
De este modo, la cifra que declares en el 4º trimestre coincidirá con la que después tendrás que trasladar a tu declaración de la renta anual. La diferencia es que en la renta no se incluyen simples totales, sino que hay que desglosar ingresos y gastos por categorías.
Clasificación de ingresos
En la declaración anual de IRPF, los ingresos se dividen en varios apartados, por ejemplo:
- Ingresos de la actividad habitual (ventas, servicios, honorarios).
- Subvenciones o ayudas públicas.
- Variaciones de existencias, cuando supongan un ingreso.
Clasificación de gastos
Con los gastos ocurre lo mismo: no basta con poner la cifra global, sino que hay que distribuirlos en los grupos que marca la declaración de la renta (personal, suministros, amortizaciones, etc.).
Por eso, es fundamental que al registrar tus facturas y justificantes las vayas codificando por tipo de gasto según esas categorías, para evitar problemas al preparar la renta.
No se trata solo de una recomendación práctica: la clasificación de los gastos por grupos es una obligación legal.
Los autónomos en estimación directa están obligados a llevar sus libros contables oficiales de acuerdo con lo que establece Hacienda.
En la práctica, esto significa que:
- Los ingresos deben registrarse distinguiendo su naturaleza (ventas, subvenciones, variaciones de existencias…).
- Los gastos han de anotarse clasificados por partidas, siguiendo los grupos que después aparecen en la declaración de la renta.
De este modo, cuando prepares tu renta anual, los datos de tus libros ya estarán organizados tal y como Hacienda los exige, evitando tener que rehacer la contabilidad o reclasificar facturas a última hora.
El formulario del modelo 130 tiene varias casillas, pero lo esencial es:
- Ingresos acumulados (desde enero hasta el trimestre que presentas).
- Gastos deducibles acumulados (lo mismo, hasta ese trimestre).
- Resultado (beneficio acumulado) = Ingresos – Gastos.
- Cuota a ingresar = 20 % de ese beneficio acumulado.
- Pagos a cuenta/retenciones: restas las retenciones que ya te hayan practicado.
- Resultado final: lo que toca pagar ese trimestre.
Nota: aunque declares cada trimestre, el modelo 130 es acumulado desde el inicio del año. Por ejemplo, en el 2º trimestre declaras lo que llevas de enero a junio.
4. Aplicar el porcentaje
Calcula el 20% sobre el rendimiento neto. Ésta será la cantidad que debes ingresar a cuenta.
5. Compensar pérdidas y restar retenciones
Si has tenido pérdidas en trimestres anteriores, puedes compensarlas para pagar menos. También debes restar las retenciones que te hayan practicado.
6. Resultado y pago
Si el resultado es positivo, abona la cantidad. No te olvides la casilla 13, resta si cumples requisitos.
Si es cero o negativo, igualmente presenta el modelo (aunque no pagues nada).
Errores comunes a evitar
- No incluir todos los gastos deducibles.
- Olvidar compensar pérdidas acumuladas.
- Olvidar restar las retenciones soportadas en las facturas emitidas.
- Olvidar restar lo ya pagado en trimestres anteriores por el impuesto.
- Presentar fuera de plazo.
- Confundir el modelo 130 con el 131.
- Olvidarte de la deducción anual de 400 euros: Cuando calculas el modelo 130, Hacienda permite restar hasta 400 euros al año. Ojo, son 100 euros cada trimestre, si en un trimestre no hay cuota positiva (porque el resultado es cero o negativo), la parte de deducción correspondiente a ese trimestre se pierde y no se acumula para los siguientes. Es lo que va en la casilla 13 del modelo, «Minoración por aplicación de la deducción a que se refiere el artículo 110.3 c) del Reglamento del Impuesto». Aunque cuidado, no todos los autónomos pueden aplicar esta minoración: solo se pueden restar esos 400 euros anuales en los pagos fraccionados cuando en la última declaración de la renta presentada se cumpla que la base imponible fue inferior a 12.000 euros. Con base imponible ≤ 12.000 €, se aplican los 400 € completos. Entre 12.000 y 16.000 €, la deducción es proporcional (menos de 100 € por trimestre). Con base imponible > 16.000 €, no corresponde aplicar minoración.
Consejos para presentar el modelo 130 sin problemas
- Lleva un control mensual de ingresos y gastos.
- Guarda todas las facturas y justificantes.
- Usa un programa de facturación que te permita calcular automáticamente el rendimiento neto.
- Consulta con un asesor si tienes dudas sobre deducciones o compensaciones.
FAQs
1. ¿Qué es el modelo 130 y para qué sirve?
Es la declaración trimestral de pagos fraccionados del IRPF que presentan los autónomos en estimación directa. Sirve para adelantar parte del impuesto que se pagará en la declaración anual.
2. ¿Quién tiene que presentarlo?
Los autónomos y socios de sociedades civiles o comunidades de bienes que tributan en estimación directa, salvo que facturen más del 70% con retención.
3. ¿Cuándo se presenta?
Se presenta cuatro veces al año: en abril, julio, octubre y enero, dentro de los plazos oficiales de la Agencia Tributaria.
4. ¿Qué ingresos y gastos se incluyen?
Se incluyen todos los ingresos facturados y los gastos deducibles del trimestre, para calcular el rendimiento neto.
5. ¿Cómo se calcula el importe a pagar en el modelo 130?
Se calcula aplicando el 20% sobre el rendimiento neto (ingresos menos gastos) y restando retenciones y pagos previos, sin olvidar la minoración si se cumplen requisitos.
6. ¿Qué pasa si no lo presento?
No presentarlo conlleva recargos automáticos y posibles sanciones. Aunque el resultado sea cero, es obligatorio presentarlo.
7. ¿Se puede compensar pérdidas en el modelo 130?
Sí, permite compensar pérdidas de trimestres anteriores, lo que reduce el importe a pagar.
8. ¿Es obligatorio presentarlo si no he tenido ingresos?
Sí, incluso si no has facturado nada o has tenido pérdidas, debes presentarlo para informar a Hacienda.
9. ¿Qué diferencia hay entre el modelo 130 y el modelo 131?
El modelo 130 es para autónomos en estimación directa, mientras que el modelo 131 es para estimación objetiva (módulos).
10. ¿Puedo presentar el modelo 130 en papel?
Si no usas sistemas electrónicos, la AEAT permite todavía generar la predeclaración en PDF desde su web, imprimirla y presentarla físicamente en tu entidad bancaria colaboradora o en la propia Administración. Esta opción en papel es cada vez más limitada y Hacienda la está restringiendo progresivamente
11. ¿Cómo rellenar el modelo 130 paso a paso?
Primero introduces tus datos, luego los ingresos y gastos, aplicas el 20%, restas retenciones y, si procede, compensas pérdidas y aplicas minoración, restas lo ya pagado en trimestres anteriores antes de indicar la forma de pago.
12. ¿Cuáles son los errores más frecuentes al presentarlo?
Olvidar gastos deducibles, no compensar pérdidas, calcular mal las retenciones o confundirlo con el modelo 131.
13. ¿Cómo presentar el modelo 130 si soy socio de una sociedad civil?
En este caso también debes declarar tu parte proporcional de ingresos y gastos de la sociedad en el modelo 130.
14. ¿Qué documentación necesito para presentar el modelo 130?
Facturas emitidas, facturas recibidas, justificantes de pagos y cualquier documento que respalde ingresos y gastos, sin olvidar confeccionar los libros registro de ingresos y gastos que respalden los números que indiques en el modelo.
15. ¿Se puede modificar un modelo 130 ya presentado?
Sí, presentando una declaración sustitutiva con los datos correctos.
16. ¿Qué casillas del modelo 130 son para compensar pérdidas?
Las casillas destinadas a minorar el pago con resultados negativos de trimestres anteriores están claramente indicadas en el formulario.
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