CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA, código de procedimiento CO300C
Convocatoria 2023: En plazo: 01/03/2023 00:00 – 28/03/2023 23:59
Subvención que se concede por «puntos», no importa tanto el orden de entrada, no hay prisa en presentar… mejor presentar bien completita, especialmente la memoria que este año da hasta 3 puntos extra.
QUIEN PUEDE PEDIRLA:
Dos tipos de beneficiarios: tanto personas físicas como jurídicas
Comerciante minorista Y Talleres artesanales.
Que tengan en Galicia su actividad comercial y estén de alta en alguno de los IAE que figuran en los anexos *
y en el caso de los Talleres, es requesito estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia (se puede hacer la solicitud de inscripción previa a la solicitud de la subvención)
Se distinguen dos tipo de Módulos: Se establecen dos módulos de actuaciones subvencionables en función del grado de digitalización del comercio. La realización de las actuaciones del módulo I y las del módulo II son incompatibles y excluyentes entre sí.
QUÉ SE SUBVENCIONA Y CUÁNTO:
TALLERES Y COMERCIANTES CON TIENDA FISICA:
Módulo I
Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física sin página web o web sin actualizar:
Actuación subvencionable: la digitalización básica del entorno comercial omnicanal, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
- Implantación de página web sin venta online. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. a).
- Hardware (sistema TPV o tablet) y lector de código de barras.
- Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada (máximo 12 meses).
- Impresora de código de barras térmica 1D/2D.
- Herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).
Módulo II
Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web sin venta online, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
- Implantación de página web con venta online. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. a).
- Sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
- Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS)
- Logística e-commerce que deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. b).
- Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. c).
Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web con venta online, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
- Mantenimiento de la página web (máximo 12 meses). La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. a).
- Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
- Mejoras de las herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS).
- Logística e-commerce que deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.b).
- Sistemas de click and collect.
- Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3. c ).
- Imagen digital y Sistemas digitales de control de accesos.
Inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):
Comerciantes minoristas sin tienda física:
Actuación subvencionable: la puesta en marcha de la actividad comercial con venta en línea, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
– Implantación de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los
requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.a).
– Sistemas digitales de stock integrado.
– Herramientas posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.b).
– Gestor de redes sociales, con los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.c).
– Imagen digital.
• Módulo II
Comerciantes minoristas sin tienda física, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
– Mantenimiento de la página web. La página web deberá cumplir los requisitos que
figuran en el apartado 1.1.3.a).
– Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado.
– Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en
línea, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.b).
– Gestor de redes sociales, con los requisitos que figuran en el apartado 1.1.3.c).
– Imagen digital
Requisitos de las actuaciones subvencionables
a) Páginas web.
Las páginas web deberán tener las siguientes características técnicas:
- Registro del dominio por un período de un año, en el que figure como titular el negocio para el cual se desarrolla el servicio.
- Proporcionar el alojamiento (hosting) durante un año, para que la web esté disponible durante ese período de tiempo.
- El hosting deberá disponer de certificado para comunicaciones seguras SSL y estar configurado para que emplee el protocolo HTTPS.
- La página web debe contener por lo menos 4 secciones o apartados tales como inicio, empresa, servicios o productos y contacto.
- Sin perjuicio de las secciones o apartados anteriores, la web deberá incluir aquellos textos legales necesarios para el cumplimiento normativo, así como un sistema de gestión de cookies
que permita seleccionar al usuario las cookies o grupos de cookies que desea autorizar a instalar según la finalidad de estas.
- Web autogestionable: deberá contar con un panel de gestión de los contenidos para que el beneficiario pueda cambiar la información del sitio web.
- Web responsive: debe estar adaptada a todos los dispositivos.
- Se incorporarán enlaces a las redes sociales de la empresa si ésta dispone de ellas.
- La web deberá ser desarrollada para el comercio en un gestor de contenidos (CMS) o a medida, de forma que permita el acceso al código para futuros cambios y mejoras de la web con independencia de la empresa que la desarrolle. La web deberá ser en propiedad y nunca en alquiler. Se excluyen de esta subvención las soluciones cloud propietarias y cerradas.
La página web contará con una optimización SEO básica que implicará que todas las páginas lleven título, descripción y los elementos fundamentales como un robots.txt idóneo y un sitemap del sitio.
- Las imágenes deberán estar optimizadas empleando la resolución óptima para web de 72 dpi y procurando que su peso sea el menor posible.
- Deberá tener instalada una herramienta de analítica web para el conocimiento del tráfico de la página por parte del negocio.
- En el caso de páginas webs con venta online, además de las características técnicas previstas anteriormente, deberán:
- Disponer de un sistema de gestión para la venta de los productos por parte del comerciante.
- En caso de que se solicite la herramienta de gestión, estar sincronizada con el sistema de gestión del establecimiento comercial.
- Tener disponible para la venta on line un mínimo del 50% de las referencias de las que se disponen en la tienda física.
- Tener pasarela de pago
Adicionalmente, incluirán la página de política de privacidad, en la que se especificarán
las condiciones del tratamiento de los datos personales (RGPD y LOPDGDD)
b) Logística e-commerce
Los gastos logísticos y de transporte de los envíos online al domicilio o punto de entrega de la persona consumidora deberán ser realizados por un operador logístico externo.
c) Gestor de redes sociales.
Los servicios profesionales de gestión de redes sociales deberán incluir como mínimo:
- Un mínimo de dos publicaciones en redes sociales por semana y un plan de contenidos mensual consensuado con el negocio.
- Contenidos multiformato: texto, imagen, vídeo, story sobre la empresa, el sector y las áreas relacionadas con el negocio que puedan interesar a las personas seguidoras de sus redes sociales
- Imágenes no pixeladas y con un mínimo de 72 dpi y 600×600 píxeles.
- Creación y diseño de contenidos de calidad que mejoren la imagen de los productos y el posicionamiento de la empresa
- LINEA DE MODERNIZACIÓN COMERCIAL
Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física.
Se consideran actuaciones subvencionables a adquisición, en régimen de propiedad, de equipaciones propias de la actividad comercial y artesanal, que deberán ser en todo caso de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipación auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipación auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal que mejoren el diseño y la calidad del producto final.
La inversión máxima subvencionable para la adquisición de equipaciones propias de la actividad comercial y artesanal es de 7.000,00 € (IVA excluido).
- Intensidad de la ayuda.
El porcentaje de la subvención será el 80 % de las inversiones máximas subvencionables detalladas en el punto anterior
No se consideran gastos subvencionables:
a) La adquisición de ordenadores, dispositivos móviles, televisores, reproductores de sonido e imágen y terminales o lectores de tpv, excepto los establecidos en el módulo I.
b) Adquisición de maquinaria propia de procesos industriales, en el caso de artesanos, y adquisición de maquinaria e instrumentos propios de servicios profesionales.
c) La adquisición de materia prima de la actividad artesanal.
d)La adquisición de mobiliario o gastos relacionados con el acondicionamiento o uso
del establecimiento comercial o taller artesanal.
e) Aquellas que no estén directamente vinculadas con la realización de la actuación subvencionable
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Entre otros documentos, las facturas o, en su defecto, facturas proforma o presupuesto detallado de gastos previstos para la realización de cada una de las actividades o adquisiciones para las cuales se solicita subvención.
Memoria que deberá incluir:
- Una descripción detallada de cada una de las actuaciones concretas para las cuáles se solicita la subvención. Grado de digitalización existente en el momento de la solicitud y objetivos a conseguir con la ayuda
.La planificación temporal estimativa de la realización de las actuaciones.
- El grado de digitalización existente en la empresa en el momento de la solicitud y los objetivos que se pretenden conseguir con la ayuda: página web implantada, en su caso, herramientas de marketing utilizadas y redes sociales disponibles.
- Declaración responsable, debidamente firmada, de tener implantadas todas las actuaciones del módulo I, en el caso de solicitar las actuaciones establecidas en el módulo II.
PAGO ANTICIPADO:
Se puede solicitar el 50% de la subvención concecida previamente a la fase de justificación, pero ello conlleva presentar garantía si el importe concedido supera los 18.000 euros
Criterios de valoración
Los criterios de valoración que servirán de base para la determinación de la cuantía y de la preferencia en la concesión de las subvenciones, relacionados por orden decreciente, serán los siguientes:
a) Por la calidad técnica, detalle y coherencia de la memoria presentada, con una descripción de las actuaciones y de los objetivos para los que se solicita la subvención: de 1 a 3 puntos.
b) Por ejercer la actividad en un municipio rural:
De menos de 5.000 habitantes: 2 puntos. De 5.000 habitantes hasta 10.000 habitantes: 1 punto.
c) Por ejercer la actividad comercial en un ayuntamiento fusionado: 2 puntos.
d) Por la contratación con proveedores de empresas de inserción social en los últimos 3 años, o ser titular o tener en la plantilla personas empleadas con capacidades diferentes, o por tener implantada alguna medida de gestión de residuos en la gestión de la actividad artesanal o comercial, implantación de economía verde y economía circular: 2 puntos.
e) Por estar adherido al programa del e-ticket digital puesto en marcha por la Xunta de Galicia en colaboración con la Federación Gallega de Comercio: 2 puntos.
f) Por iniciar la actividad empresarial en el año 2021 o 2022 (alta en el IAE en el año 2021 o 2022): 2 puntos.
g) Por llevarse a cabo un relevo generacional en los últimos cinco años: 1 punto.
h) Por ser la persona beneficiaria o la persona representante de la persona jurídica beneficiaria, un/a joven, de edad igual o menor a 30 años: 1 punto.
i) Por ser la persona titular del taller o establecimiento comercial o la representante de la sociedad una mujer: 1 punto.
j) Por la adhesión al sistema arbitral de consumo con carácter indefinido: 1 punto.
En el caso de comerciantes minoristas que no posean establecimiento comercial abierto, a los efectos de los apartados b) y c) se considerará el municipio de ejercicio y desarrollo de su actividad aquel donde radique el domicilio social.
Obligaciones de las personas beneficiarias, entre otras:
Mantener las inversiones subvencionadas con la ayuda otorgada y la aplicación de los fondos recibidos, durante un período de dos años desde su concesión.
Anexos con las actividades subvencionables:
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“Este contenido ha sido creado el 01/03/2023, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com.»
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