BONO AUTONOMO 2018
Ayer, 4 de junio, se publicó la Orden reguladora del Bono autónomo (TR 341Q)
Con iguales beneficios y condiciones que el del año pasado.
Recordamos:
Beneficiarios, requisitos:
las personas autónomas (alta en el RETA o en mutualidad de colegio profesional) / no valen los autónomos societarios
Domicilio fiscal en Galicia
Antiguedad mínima de 42 meses a la fecha de la solicitud
Dato de la última declaración de la renta,»rendimiento neto reducido de la actividad económica» inferior a 30.000 euros
Facturación mínima anual en 2017 de 12.000 euros iva incluido
Concesión:
No es en concurrencia competitiva, se van concediendo a quien reúna las condiciones hasta agotar el presupuesto.
Por lo que es interesante pedirla cuanto antes, plazo máximo de solicitud 1 mes, ya abierto
Importe: el 80% con un máximo de 3000 euros
3.000 euros a fondo perdido
Se anticipa el 100% para poder realizar el pago de las facturas
Qué entra?
Línea 1. Servicios:
• Investigación de mercado.
• Plan de marketing
• Plan de comunicación del negocio.
• Plan estratégico del negocio.
• Plan crecimiento: constitución sociedad.
• Plan de reorientación del negocio.
• Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio.
• Plan de refinanciación.
Línea 2. Inversiones:
• Compra de maquinaria.
• Compra de utillaje y herramientas.
• Reforma del local del negocio. (En el caso de reforma del local del negocio se excluye de la ayuda el domicilio habitual de la persona trabajadora autónoma excepto en el caso en que quede acreditado que es imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio)
• Equipos informáticos. (La ayuda para la compra de equipos informáticos se otorgará únicamente a personas
trabajadoras autónomas con código de actividad CNAE 62, 631, 69, 702, 71, 72 y 741)
• Rótulos.
• Aplicaciones informáticas y páginas web.
• Creación logotipo del negocio.
Las líneas 1 y 2 no son excluyentes, pero tienen el límite conjunto de 3000 euros
Plazo de ejecución:
05/06/2018 al 20/12/2018
https://www.youtube.com/watch?v=7b9sq2EKkmo
Obligaciones:
- Desde la solicitud de la subvención, mantenerse de alta un mínimo de dos años
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