PE.–Autonomo@s: Ayudas para sufragar parte
de las cuotas de la seguridad social del año 2022 de personas autónomas en los meses que no reciben otras ayudas/bonificaciones/
reducciones o cualesquiera otras que supongan una reducción de las cuotas correspondientes al régimen especial
por cuenta propia de la Seguridad Social o como mutualista de colegio profesional
(No entran por tanto los que estén con tarifa plana o los que tengan una cuota inferior a 200 euros, O los que hayan recibido ayuda de la Mutua
para el pago de la cuota de autónomos)
Requisitos:
Tener el domicilio fiscal en un ayuntamiento de la provincia de A Coruña de población menor a 20.000 habitantes
conforme los datos más recientes disponibles del Instituto Gallego de Estadística.
Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en cualquier otro régimen especial
por cuenta propia de la Seguridad Social, o como mutualista de colegio profesional, con una antigüedad ininterrumpida
máxima de 5 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de estas ayudas.
(existe continuidad en la misma actividad económica cuando entre el cese de una actividad y el inicio de la siguiente
transcurra menos de 3 meses)
Se excluyen de los destinatarios de estas ayudas los/las autónomos/las colaboradores y los autónomos societarios
CUANTÍA:
La ayuda consistirá en una cuantía fija de 200 € por cada mes en los que se cumpla los requisitos hasta un máximo
de 12 meses y un mínimo de 6 meses correspondientes al periodo subvencionado 2022.
Compatibilidad con otras ayudas del PEL: las subvencións PEL son compatibles entre si.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
OBLIGACIONES:
Las personas autónomas beneficiarias de esta línea, deberán adquirir el compromiso de estar dado de alta y mantener
la actividad como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2022 así como tener seis mensualidades objeto de
subvención dentro del período subvencionable (año 2022).
PUBLICIDAD:
La publicidad del carácter público de la financiamiento público se llevará a cabo de las siguientes formas:
· En el centro de trabajo
Colocación de un cartel con un tamaño mínimo de 210 x 297mm en posición horizontal en tarjeta pluma plastificado o
similar, en lugar visible para el público en el espacio de trabajo o, en caso de carecer de este, en un lugar relacionado con
la actividad empresarial con el logotipo de la Diputación de A Coruña y lo del Plan de Empleo Local.
· En la página web
Debe figurar expresamente el logotipo de la Diputación de la Coruña y el del Plan de Empleo Local en un lugar preferente
de la página web de la empresa, de existir esta.
El único logotipo válido es el que estará disponible en la página web del Plan de Empleo Local (https://emprego.
dacoruna.gal/).
Estas obligaciones se entenderán como mínimo desde la fecha de concesión y durante todo el período subvencionado.
PLAZO:
Del 11 de abril al 11 de mayo de 2022
Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp
“Este contenido ha sido creado el 07/04/2022, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com.»
0 comentarios