El 12 de julio de 2021 se publica en el DOGA el Programa del Bono de las personas autónomas, TR341Q
Se inicia el plazo el 13 de julio, hasta el 13 de agosto.
Se conceden por orden den entrada. El año pasado se concedieron las que entraron en los 5 primeros días!!! el resto fueron rechazadas.
Así que plazo un mes. Pero, realmente…. los fondos se acaban mucho antes.
Beneficiarios, requisitos:
las personas autónomas (alta en el RETA o en mutualidad de colegio profesional) / no valen los autónomos societarios
Domicilio fiscal en Galicia
Antigüedad mínima de 42 meses ininterumpidos a la fecha de la solicitud
Dato de la última declaración de la renta, “rendimiento neto reducido de la actividad económica” inferior a 30.000 euros.
Facturación mínima anual en 2020 de 12.000 euros IVA incluido
Al igual que en años anteriores, también la pueden solicitar las Sociedades.
Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en
Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva
de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.
b) Tener la empresa una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la
última declaración realizada.
c) Tener la empresa una base imponible en el impuesto de sociedades de la última declaración realizada (2019) inferior a 30.000 euros.
Importe que conceden: el 80% con un máximo de 3000 euros de ayuda
El iva no lo pagan, salvo que por tu actividad no tengas derecho a su recuperación, por ejemplo, comercio, que no está en régimen general. En ese caso, el 80% sobre el total de la factura, iva incluído.
Se anticipa el 100% para poder realizar el pago de las facturas
La compra o gasto hay que realizarlo antes del 31 de diciembre. Si no llega el dinero, igualmente hay que hacerlo o se pierde.
Qué entra?, hay dos lineas de acutación:
Línea 1. Servicios:
• Investigación de mercado.
• Plan de marketing
• Plan de comunicación del negocio.
• Plan estratégico del negocio.
• Plan crecimiento: constitución sociedad.
• Plan de reorientación del negocio.
• Plan de transformación digital.
• Plan de refinanciación.
Definiciones de estos servicios:
Investigación de mercado. La investigación de mercados es el proceso que comprende las
acciones de identificación, recopilación, análisis y difusión de información con el propósito de
mejorar la toma de decisiones de marketing.
Plan de marketing. El plan de marketing es un documento en formato texto o esquemático
donde se recogen todos los estudios de mercado realizados por la empresa, los objetivos de
marketing a conseguir, las estrategias a implementar y la planificación a seguir
Plan de comunicación del negocio. Se trata de un documento que recoge las políticas,
estrategias, recursos, objetivos y acciones de comunicación, tanto internas como externas, que
se propone realizar en el negocio. Contar con una ayuda para organizar los procesos de comunicación y guía del trabajo comunicativo
Plan estratégico del negocio. Documento que recoge las principales líneas de acción, es decir, la
estrategia, que una organización se propone seguir a medio y largo plazo. El plan estratégico se
redacta en función de los principales objetivos que el negocio pretende y en él se especifican las
políticas y líneas de actuación concretas orientadas a la consecución de los objetivos y los
intervalos de tiempo precisos que deben ser cumplidos para cada una de las acciones propuestas.
Plan crecimiento: constitución de sociedad. Planificación de la conversión del negocio
individual de uno o varios autónomos en una sociedad.
Plan de reorientación del negocio. Estudio y planificación de la reorientación del negocio de un
autónomo situado en mercados maduros y a la baja.
Plan de transformación digital del negocio. Estudio y planificación del uso de las nuevas
tecnologías de la información en la operativa del negocio para mejorar su competitividad.
Plan de refinanciación. Planificación de la reestructuración del pasivo del negocio y de fuentes
de financiación para nuevos proyectos de inversión.
Línea 2. Inversiones:
• Compra de maquinaria.
• Compra de utillaje y herramientas.
• Reforma del local del negocio. (En el caso de reforma del local del negocio se excluye de la ayuda el domicilio habitual de la persona trabajadora autónoma excepto en el caso en que quede acreditado que es imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio)
Consisten normalmente en pequeñas obras de simple reparación,
decoración, u ornato, que no modifican la estructura constructiva
En el caso de reforma del local se deberá entregar una fotografía del local antes de la
reforma y otra hecha después de la reforma.
• Equipos informáticos. las tabletas o
similares, ordenadores personales de sobremesa y ordenadores portátiles. En ningún caso se consideran subvencionables los teléfonos móviles y smartphones.
• Rótulos. (carteleles físicos)
.Diseño de marca. Creación de símbolo formado por imágenes o letras que sirve para identificar
un negocio y las cosas que tienen relación con el.
. Mobiliario.
• Aplicaciones informáticas y páginas web.
Las líneas 1 y 2 no son excluyentes, pero tienen el límite conjunto de 3000 euros
Puedes pedir para ambas líneas. La 1 suele tener menos peticiones y es más fácil que la puedas obtener aunque tardes un poco más en hacer la solicitud. Esta línea tiene prioridad.
PLAZO:
Serán subvencionables los gastos realizados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021
Esos gastos deberán estar efectivamente justificados, mediante facturas y con documentos bancarios acreditativos de su pago. No se admitirán como justificantes los obtenidos a través de internet si no están validados por la entidad bancaria.
La documentación exigida para la fase de pago se podrá presentarse junto con la solicitud.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
Facturas o proformas o presupuestos de los bienes o servicios a subvencionar
Certificación de la entidad prestadora del servicio en la cual conste su idoneidad para su
prestación y el contenido de dicha prestación para ayudas de la línea 1.
Modelos fiscales 390, D100 o Impuesto de sociedades según el caso.
Anexo II con la relación de bienes o servicios a subvencionar o anexo III si son sociedades
Si has cobrado esta ayuda en anteriores ocasiones, no podrás repetir!!!
OBLIGACIONES:
. Permanecer de alta en el RETA o en la mutualidad de colegio profesional durante un tiempo
mínimo de dos años desde la solicitud de subvención, salvo cese por causas ajenas a su
voluntad, lo que deberá acreditar de manera fidedigna.
. Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectuará la Consellería de Empleo e
Igualdad, así como a cualquier otra actuación, sea de comprobación o control financiero
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“Este contenido ha sido creado el 11/07/2021, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com.»
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