El sistema fiscal español está a punto de experimentar un cambio que puede suponer un verdadero alivio para muchos profesionales por cuenta propia. Si eres autónomo o estás pensando en emprender, seguro que últimamente te has topado en redes sociales con el término “IVA franquiciado”. ¿De qué va todo esto? ¿Significa que podrías dejar de presentar el IVA? ¿Quién podrá acogerse? En este artículo te explico con claridad qué es el régimen de franquicia del IVA, por qué España está obligada a implantarlo y cómo puede beneficiarte si facturas menos de 85.000 euros al año.
Índice de Contenidos
¿Qué es el IVA franquiciado y por qué es importante?
El IVA franquiciado, también conocido como régimen de franquicia del IVA, es un sistema fiscal que exime a determinados autónomos de la obligación de repercutir y liquidar el IVA. Es decir, si estás dentro del régimen, no tienes que añadir el IVA en tus facturas ni presentarlo a Hacienda. A cambio, tampoco puedes deducirte el IVA soportado en tus compras.
Este modelo ya está implantado en la mayoría de países de la Unión Europea. De hecho, España es el único país que todavía no ha adoptado esta modalidad, a pesar de que es una directiva europea que todos los Estados miembros están obligados a aplicar.
La gran ventaja de este régimen es clara: simplificación administrativa. Olvídate de presentar el modelo 303 cada trimestre y de calcular deducciones de IVA en tus gastos. Para muchos autónomos, especialmente quienes están empezando o tienen ingresos modestos, esto puede marcar una diferencia enorme.
¿A quién beneficiará el IVA franquiciado?
Este nuevo régimen del IVA está diseñado especialmente para autónomos con facturación baja. Aunque aún no hay una fecha oficial de entrada en vigor, se prevé que podrán acogerse quienes no superen los 85.000 euros de ingresos anuales.
Es muy importante aclarar un punto que suele generar confusión: no se trata de que los primeros 85.000 euros estén exentos de IVA y el resto no. No funciona así. El sistema es “todo o nada”: si al final del año superas ese umbral, ya no podrás estar en el régimen de franquicia. Por tanto, si estás cerca del límite, tendrás que llevar un control riguroso de tu facturación para no salir del sistema sin darte cuenta.
En resumen, este régimen beneficiará a:
- Emprendedores que inician su actividad.
- Profesionales con ingresos bajos o moderados.
- Autónomos que facturan a particulares (que no se deducen el IVA).
- Negocios sin muchos gastos deducibles.
¿Qué implica estar en IVA franquiciado?
1. No repercutes IVA en tus facturas
Tus facturas no llevarán el típico “IVA 21%” ni cualquier otro tipo. Simplemente indicarás que estás acogido al IVA franquiciado. Esto puede suponer una ventaja competitiva frente a otros proveedores, ya que podrás ofrecer precios finales más bajos.
2. No presentas declaraciones trimestrales de IVA
Olvídate del modelo 303 cada trimestre y del resumen anual 390. La gestión fiscal se simplifica mucho, reduciendo papeleo y el riesgo de errores.
3. No puedes deducir el IVA de tus compras
Al no estar dentro del régimen general del IVA, tampoco podrás deducir el IVA de tus gastos. Esto hay que valorarlo bien. Si en tu negocio tienes pocos gastos, no lo notarás. Pero si inviertes mucho en herramientas, publicidad o suministros, quizá no te compense.
4. Afecta a cómo perciben tus servicios tus clientes
En general, los particulares no notarán la diferencia. Pero si trabajas con empresas o profesionales, algunos podrían preferir contratar con alguien que sí emita facturas con IVA, ya que eso les permite deducírselo. En ese caso, deberás valorar si te interesa mantenerte en el régimen general o no.
¿Será obligatorio acogerse al IVA franquiciado?
Todo apunta a que será un sistema voluntario. Es decir, si tú facturas menos de 85.000 euros pero prefieres seguir trabajando con IVA (porque tienes muchos gastos deducibles o clientes que lo necesitan), podrás hacerlo. Pero si tu prioridad es la simplicidad administrativa, este régimen puede ser muy atractivo.
De momento no se han publicado los detalles técnicos de cómo se aplicará el régimen en España (por ejemplo, cómo comunicar a Hacienda que quieres acogerte), pero se espera que siga un esquema similar al de otros países europeos: notificación expresa por parte del autónomo, obligación de mantenerse en el régimen un tiempo mínimo, y exclusión automática si superas el umbral de facturación.
¿Cómo puedo prepararme para ver si el IVA franquiciado es para mi negocio?
Aunque la medida aún no está vigente, es un buen momento para prepararte:
- Revisa tu facturación anual: si estás por debajo de los 85.000 euros, podrías beneficiarte.
- Calcula si te interesa: sopesa el ahorro en papeleo y trámites frente a la pérdida de deducción del IVA.
- Valora tus clientes: si la mayoría son particulares, probablemente no te exijan facturas con IVA.
- Mantente informado: en cuanto se publique el texto definitivo, sabrás si te compensa acogerte.
Desde Asesoraemprende iremos informando paso a paso en cuanto se apruebe esta medida. Y si estás suscrito a mi boletín, recibirás toda la información actualizada directamente en tu correo.
Una medida esperada y necesaria
En mi canal de YouTube ya anticipé hace más de un año que este cambio estaba en camino. España estaba en una situación anómala dentro de la UE y esta reforma del IVA franquiciado es, sencillamente, inevitable.
Lo más positivo es que por fin se da un paso hacia la racionalización del sistema fiscal para los pequeños emprendedores. Porque ser autónomo ya es lo suficientemente complicado como para que también tengamos que lidiar con trámites innecesarios cuando el volumen de negocio es pequeño.
Este nuevo régimen puede suponer un soplo de aire fresco para muchos negocios que luchan por consolidarse. Un alivio, tanto económico como mental.
Preguntas frecuentes sobre el IVA franquiciado
¿Cuándo entra en vigor el régimen de franquicia del IVA?
Todavía no hay una fecha oficial, pero España está obligada a implantarlo próximamente. Todo indica que se implementará en los próximos meses.
¿Podré seguir deduciendo el IVA de mis gastos si me acojo?
No. Una de las condiciones del régimen es que no puedes deducirte el IVA soportado.
¿Tengo que aplicar IVA hasta llegar a 85.000 euros y luego dejar de hacerlo?
No. El límite es absoluto: si prevés facturar más de 85.000 euros, no puedes acogerte. No es un sistema “por tramos”.
¿Afectará esto a mis clientes?
Depende. Si son particulares, no notarán la diferencia. Si son empresas, podrían preferir trabajar con proveedores que emitan facturas con IVA.
¿Será obligatorio acogerse a este régimen?
No. Será voluntario. Podrás optar entre seguir en el sistema general de IVA o acogerte al franquiciado si cumples los requisitos.
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