Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2026-primera experiencia profesional

Esta ayuda promueve la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para jóvenes menores de 30 años (no pueden haber cumplido los 30 años). Está dirigida a empleadores y empresas que contraten a jóvenes trabajadores (16-29 años) desempleados e inscritos en el SEPE de Galicia. Es una subvención que se va concediendo por orden de entrada.

Convocatoria 2026 las subvenciones para Contratación de Jóvenes TR353C en Galicia

en plazo

PLAZO:  16/06/2026 – 30/09/2026

BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES TR353C
Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2026-primera experiencia profesional 3

Índice de contenidos

BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES TR353C

Las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica, que contraten personas jóvenes trabajadoras (entre 16 y 29 años) desempleadas e inscritas en el SEPE de Galicia, y que no tengan experiencia profesional superior a un año (365 días) en el mismo grupo de cotización en el que van a ser contratadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Los contratos incluidos en Subvenciones Contratación Jóvenes TR353C tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.

El período durante el que se tienen que realizar los contratos formativos para ser subvencionables será desde el 16 de octubre de 2025 hasta el 30 de octubre de 2026.

Es posible pedir primero la ayuda y si la conceden habrá un plazo de un mes y en todo caso antes del 30 de octubre del 2026, para hacer el contrato laboral.

Los contratos subvencionados al amparo de esta orden comenzarán en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, la fecha máxima será el 30 de octubre de 2026.

EXCLUSIONES EN LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES TR353C

No entran en estas subvenciones contratación jóvenes TR353C los contratos con el cónyuge o familiares, excepto los contratos con hijos menores de 30 años que realice la persona autónoma, ya sea que convivan o no. También se permite cuando se trate de una persona trabajadora autónoma sin empleados y contrate a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.

Se exceptúan los contratos realizados con personas que ya fueron contratadas bajo las ayudas (código de procedimiento TR353C ), a menos que posean más de una titulación y el nuevo contrato permita obtener práctica profesional en un nuevo nivel de estudios o formación diferente a las convocatorias anteriores.

Muy importante: Comprobar que la persona que se contrate bajo estas subvenciones contratación jóvenes TR353C no haya finalizado un contrato indefinido en la misma empresa, en otra empresa del mismo grupo, en los 4 meses anteriores.

TIPO DE AYUDAS EN LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

Línea 1: Programa de Prácticas

El programa de prácticas está diseñado para contratos con jóvenes que posean un título universitario, un título de grado medio o superior, un título de especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional. También incluye a aquellos con títulos equivalentes en enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.

El contrato de trabajo para la obtención de práctica profesional deberá concertarse
dentro de los tres (3) años, o de los cinco (5) años si se formaliza con una persona con
discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios

Línea 2: Programa de Formación en Alternancia

Este programa permite contratos de formación en alternancia con jóvenes que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para un contrato formativo. Estos contratos tienen el objetivo de compatibilizar la actividad laboral remunerada con los procesos formativos correspondientes, proporcionando a los jóvenes una valiosa experiencia práctica.

CUANTÍA EN LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES EN GALICIA

La cuantía máxima de las subvenciones contratación jóvenes TR353C que se concederá con carácter general será la siguiente:

Incentivos a la Contratación por 12 Meses a Jornada Completa

  • a.1. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
  • a.2. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
  • a.3. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

La cuantía de las subvenciones contratación jóvenes TR353C  se calcula en función de los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social. El salario que percibirán los jóvenes contratados será el que corresponda legal o convencionalmente, acorde con su categoría profesional y titulación requerida para el puesto subvencionado.

La ayuda concedida se abonará a las personas empleadoras o empresas beneficiarias en un único pago, después de presentar la documentación justificativa.

Guía de Subvenciones:
Contratación de Jóvenes en Galicia (TR353C)
Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2026-primera experiencia profesional 4

OBLIGACIONES EN LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

La obligación de mantenimiento del empleo es la principal.

Se trata de mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período mínimo de 12 meses.

En esta obligación hay excepciones como por ejemplo:

  • excepto baja voluntaria
  • reconocimiento de discapacidad o incapacidad laboral permanente total o parcial
  • despido por no superar el periodo de prueba
  • despido disciplinario procedente o fallecimiento de la persona trabajadora
  • supuesto en el que la persona o entidad beneficiaria podrá optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste para cumplir con la obligación de mantenimiento del empleo, por otra persona joven, que cumpla los mismos requisitos y de perfil análogo a aquel para el cual se solicitó la subvención, o, de lo contrario, optar por devolver voluntariamente la cuantía proporcional, que será la que corresponda al periodo en que el puesto estuvo vacante.

Esas circunstancias deben comunicarse en el plazo de 5 días desde que se produzcan.

Si las causas del incumplimiento del mantenimiento del empleo son otras diferentes a las señaladas en el párrafo anterior, procederá la devolución total del incentivo.

Cuando se produzca la extinción del contrato antes de que finalice el período de 12 meses, la persona empleadora o empresa beneficiaria deberá proceder al reintegro total de la ayuda

Se permite una única sustitución de la persona contratada inicialmente

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA PARA LAS SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

Documentación justificativa para el pago del incentivo a la contratación .

a) Anexo II: declaración complementaria y actualizada, del conjunto de todas las ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes, en la que se declara, asimismo, que se dispone del documento firmado por las personas contratadas, (según el modelo del anexo III), en el que autorizan o se oponen a la comprobación de sus datos. Dicho documento podrá ser requerido por la Administración pública en cualquier momento. En el caso de contratos preexistentes no será preciso su presentación.

b) Una fotografía del cartel informativo en que se refleje su localización.

El plazo máximo para la presentación de la documentación será de 10 días hábiles desde el inicio de los contratos y, en todo caso, finalizará el 30 de octubre de 2025. La falta de presentación en plazo puede resultar en la pérdida del derecho al cobro de las subvenciones contratación jóvenes.

La persona beneficiaria está obligada a conservar toda la documentación y presentarla de ser requerida para eso en cualquier control financiero posterior.

La documentación deberá presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de los contratos, y en todo caso finalizará el 30 de octubre de 2026.


Ejemplo práctico de subvenciones para contratación de jóvenes en Galicia

Para que lo entiendas mejor, vamos a ver un ejemplo práctico.

Imagina que María tiene una pequeña empresa de diseño gráfico en A Coruña y necesita incorporar una persona para apoyar al departamento de marketing digital.

Encuentra a Laura, una joven de 24 años que acaba de finalizar un Grado Universitario en Marketing y que está inscrita como demandante de empleo en Galicia.

Como Laura cumple los requisitos exigidos por la convocatoria y María formaliza un contrato para la obtención de práctica profesional a jornada completa durante 12 meses, podrá solicitar las subvenciones para contratación de jóvenes.

Al pertenecer el puesto a un grupo de cotización 2, la empresa podría recibir una ayuda de hasta 16.625 euros.

Gracias a esta subvención, María reduce considerablemente los costes laborales del primer año mientras Laura obtiene su primera experiencia profesional relacionada con sus estudios.

¿Ves la ventaja? La empresa incorpora talento joven y la persona contratada mejora su empleabilidad. Es una situación beneficiosa para ambas partes.

Errores frecuentes que pueden provocar la devolución de la ayuda

Ojito porque muchas empresas pierden la subvención por pequeños errores que podrían evitarse fácilmente.

Estos son algunos de los incumplimientos más habituales:

No mantener el contrato durante los 12 meses obligatorios

La ayuda exige mantener a la persona contratada durante al menos un año.

Si la empresa extingue el contrato antes de ese plazo y la causa no está contemplada entre las excepciones permitidas, deberá devolver la subvención recibida.

Contratar a una persona que no cumple los requisitos

Antes de presentar la solicitud conviene comprobar:

  • Edad de la persona contratada.
  • Situación de desempleo.
  • Inscripción como demandante de empleo.
  • Experiencia profesional previa en el mismo grupo de cotización.

Una revisión previa puede evitar problemas futuros.

No comunicar incidencias a la Administración

Si se produce una baja voluntaria, incapacidad permanente, fallecimiento o cualquier otra circunstancia relevante, la empresa deberá comunicarlo dentro de los plazos establecidos.

No hacerlo puede dar lugar a procedimientos de reintegro.

Presentar fuera de plazo la documentación justificativa

La documentación para cobrar la ayuda debe presentarse dentro de los plazos indicados en la convocatoria.

Ten cuidado porque la falta de presentación o la presentación incompleta puede suponer la pérdida del derecho al cobro.

No sustituir correctamente a la persona trabajadora

La normativa permite una única sustitución en determinados supuestos.

Sin embargo, la nueva persona contratada debe cumplir los mismos requisitos y tener un perfil similar al inicialmente subvencionado.

No conservar la documentación

La Administración puede realizar comprobaciones posteriores.

Por eso es fundamental guardar contratos, nóminas, justificantes y toda la documentación relacionada con la ayuda durante el período legalmente establecido.

Preguntas frecuentes sobre las subvenciones para contratación de jóvenes

¿Quién puede solicitar las subvenciones para contratación de jóvenes en Galicia?

Pueden solicitarlas personas autónomas, empresas, cooperativas, asociaciones y otras entidades empleadoras que contraten jóvenes desempleados inscritos como demandantes de empleo en Galicia y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

¿Cuál es la edad máxima para acceder a estas ayudas de subvenciones para contratación de jóvenes?

La persona contratada debe tener entre 16 y 29 años. Es decir, no puede haber cumplido los 30 años en la fecha de contratación.

¿Cuánto dinero puede recibir una empresa por contratar a un joven?

La cuantía depende del grupo de cotización del puesto:

  • Hasta 16.625 euros para los grupos 1 y 2.
  • Hasta 13.300 euros para los grupos 3 a 7.
  • Hasta 9.975 euros para los grupos 8 a 11.

¿Se puede solicitar la ayuda de las subvenciones para contratación de jóvenes antes de realizar la contratación?

Sí. De hecho, la convocatoria permite solicitar primero la subvención y formalizar posteriormente el contrato una vez concedida la ayuda, respetando siempre los plazos establecidos.

¿Qué ocurre si la persona contratada presenta una baja voluntaria y nos hemos beneficiado de las subvenciones para contratación de jóvenes ?

Este es uno de los casos que permiten mantener la subvención devolviendo la parte proporcional al tiempo que reste de contrato, o sustituyendo a la persona que se va. Si no se realiza la sustitución correctamente, podría exigirse la devolución total o parcial de la ayuda.

¿Las subvenciones para contratación de jóvenes son compatibles con otras ayudas?

Dependerá de las condiciones específicas de cada programa de ayudas y de los límites establecidos por la normativa aplicable. Por eso siempre recomiendo revisar cada caso de forma individual antes de presentar la solicitud.

¿Cuándo se cobra la subvención?

La ayuda se abona en un único pago una vez presentada y validada la documentación justificativa exigida por la Administración.

¿Es obligatorio mantener el empleo durante un año al acceder a las subvenciones para contratación de jóvenes ?

Sí. La persona contratada debe permanecer en plantilla durante un período mínimo de 12 meses, salvo determinadas excepciones previstas en la normativa.

¿Qué contratos pueden acogerse a estas ayudas?

Los contratos formativos para la obtención de práctica profesional y los contratos de formación en alternancia.

¿Las subvenciones para contratación de jóvenes se conceden por orden de solicitud?

Sí. La convocatoria funciona bajo el sistema de concurrencia no competitiva, por lo que las solicitudes se atienden por orden de entrada hasta agotar el presupuesto disponible.


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