Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2024: Contratos Formativos con menores de 30 años

La convocatoria para las subvenciones Contratación Jóvenes TR353C en Galicia estará abierta del 23 de mayo de 2024 al 30 de septiembre de 2024. Esta ayuda promueve la primera experiencia profesional y la formación en competencias blandas para jóvenes menores de 30 años. Está dirigida a empleadores y empresas que contraten a jóvenes trabajadores (16-29 años) desempleados e inscritos en el SEPE de Galicia.

Convocatoria 2024en plazo:  23/05/2024 00:00 – 30/09/2024 23:59

Subvenciones Contratación Jóvenes Galicia 2024
Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2024: Contratos Formativos con menores de 30 años 3

La ayuda TR353C consiste en incentivos para promover la primera experiencia profesional y la formación en competencias blandas para personas jóvenes menores de 30 años.

BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica, que contraten personas jóvenes trabajadoras (entre 16 y 29 años) desempleadas e inscritas en el SEPE de Galicia, y que no tengan experiencia profesional superior a un año (365 días) en el mismo grupo de cotización en el que van a ser contratadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Los contratos incluidos en Subvenciones Contratación Jóvenes tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.

Serán subvencionables en estas Subvenciones Contratación Jóvenes, los contratos realizados desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 15 de octubre de 2024.

Es posible pedir primero la ayuda y si la conceden habrá un plazo de veinte días hábiles siguientes al de la recepción de la notificación de la concesión y en todo caso antes del 15 de octubre del 2024, para hacer el contrato laboral.

Los contratos subvencionados al amparo de esta orden comenzarán en el plazo máximo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, la fecha máxima será el 15 de octubre de 2024.

EXCLUSIONES EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

No entran en estas subvenciones contratación jóvenes los contratos con el cónyuge o familiares, excepto los contratos con hijos menores de 30 años que realice la persona autónoma, ya sea que convivan o no. También se permite cuando se trate de una persona trabajadora autónoma sin empleados y contrate a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.

Se exceptúan los contratos realizados con personas que ya fueron contratadas bajo las ayudas de la Orden de 1 de abril de 2022 y la Orden de 9 de agosto de 2023 (código de procedimiento TR353C), a menos que posean más de una titulación y el nuevo contrato permita obtener práctica profesional en un nuevo nivel de estudios o formación diferente a las convocatorias anteriores.

Muy importante: Comprobar que la persona que se contrate bajo estas subvenciones contratación jóvenes no haya finalizado un contrato indefinido en la misma empresa, en otra empresa del mismo grupo, en los tres meses anteriores, salvo que haya sido por despido declarado improcedente.

TIPO DE AYUDAS EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

La convocatoria de subvenciones para la contratación de jóvenes en Galicia en 2024 está diseñada para fomentar la inserción laboral de personas menores de 30 años mediante programas de formación específicos. Las subvenciones TR353C ofrecen incentivos significativos tanto para los empleadores como para los jóvenes, con el objetivo de promover la primera experiencia profesional y la formación en competencias blandas. A continuación, se detallan los programas disponibles y sus beneficios.

Línea 1: Programa de Prácticas

El programa de prácticas está diseñado para contratos con jóvenes que posean un título universitario, un título de grado medio o superior, un título de especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional. También incluye a aquellos con títulos equivalentes en enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.

Línea 2: Programa de Formación en Alternancia

Este programa permite contratos de formación en alternancia con jóvenes que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para un contrato formativo. Estos contratos tienen el objetivo de compatibilizar la actividad laboral remunerada con los procesos formativos correspondientes, proporcionando a los jóvenes una valiosa experiencia práctica.

CUANTÍA EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

La cuantía máxima de las subvenciones contratación jóvenes que se concederá con carácter general será la siguiente:

Incentivos a la Contratación por 12 Meses a Jornada Completa

  • a.1. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
  • a.2. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
  • a.3. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

Incentivos a la Formación

  • b.1. Por cada persona joven contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas con una duración mínima de 50 horas: 1.700 € para formación presencial (IVA excluido).
  • b.2. Por cada persona joven contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas con una duración mínima de 50 horas: 850 € para teleformación (IVA excluido).

La cuantía de las subvenciones contratación jóvenes se calcula en función de los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social. El salario que percibirán los jóvenes contratados será el que corresponda legal o convencionalmente, acorde con su categoría profesional y titulación requerida para el puesto subvencionado.

La ayuda concedida se abonará a las personas empleadoras o empresas beneficiarias en un único pago, después de presentar la documentación justificativa.

OBLIGACIONES EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Obligación de mantenimiento del empleo: mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período mínimo de 12 meses, excepto baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora, supuesto en el que la persona o entidad beneficiaria podrá optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste para cumplir con la obligación de mantenimiento del empleo, por otra persona joven, que cumpla los mismos requisitos y de perfil análogo a aquel para el cual se solicitó la subvención, o, de lo contrario, optar por devolver voluntariamente la cuantía proporcional.

Si las causas del incumplimiento del mantenimiento del empleo son otras diferentes a las señaladas en el párrafo anterior, procederá la devolución total del incentivo.

Cuando se produzca la extinción del contrato antes de que finalice el período de
12 meses, la persona empleadora o empresa beneficiaria deberá proceder al reintegro
total de la ayuda,

excepto en el caso de baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora contratada

caso en el que la persona empleadora o empresa beneficiaria podrá
optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste
para cumplir con la obligación de mantenimiento del empleo de 12 meses, por otra persona
joven que cumpla los requisitos establecidos en esta orden con el mismo tipo de contrato y
de perfil análogo a aquel para el cual se solicitó la subvención, o, de lo contrario, optar por
devolver voluntariamente la cuantía proporcional de la subvención.

De no producirse la sustitución o cuando, aun produciéndose, la suma de los distintos
períodos de contratación referidos a este puesto de trabajo fuera inferior al período de
tiempo tomado como referencia para el cálculo del incentivo (12 meses), se procederá a la
reducción o reintegro de la ayuda concedida por el importe proporcional correspondiente.

Las bajas voluntarias o fallecimientos deberán comunicarse por medios telemáticos al
órgano gestor de las ayudas en el plazo de cinco (5) días desde que se produzcan, aportando
el motivo de la baja y en el caso de baja voluntaria la declaración de la persona trabajadora
en la que se indique el motivo, según el modelo disponible en la sede electrónica.

Se permite una única sustitución de la persona contratada inicialmente.

Ojo, en caso de despido de la persona por la que se obtuvo la subvención, aunque sea procedente,

habrá que devolver toda la ayuda.

PERIODO DE CONTRATACIÓN EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

El período durante el cual deben producirse los contratos formativos para ser subvencionables es del 1 de diciembre de 2023 al 15 de octubre de 2024. Para nuevas contrataciones, el período máximo para realizarlas finalizará a los veinte días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la concesión de la ayuda y, en todo caso, antes del 15 de octubre de 2024.

Es posible solicitar la ayuda y, si se concede, realizar el contrato, pero siempre antes del 15 de octubre de 2024.

FORMACIÓN EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Además de la formación para la práctica profesional, en los contratos de formación en alternancia será obligatoria una formación en habilidades blandas tanto en la Línea 1 como en la Línea 2 de las subvenciones contratación jóvenes. Habrá que concertar con una entidad gestora de formación ambos tipos de formaciones.

La entidad solicitante deberá presentar un proyecto de formación (Anexo II) sobre una o varias de las siguientes temáticas:

  • Competencias blandas esenciales: Trabajo en equipo, resolución de conflictos, comunicación interpersonal, liderazgo.
  • Competencias blandas para el desarrollo profesional.
  • Inteligencia social e interacción positiva en el trabajo.

Desde el inicio del programa, la persona trabajadora compatibilizará durante la jornada laboral la formación en competencias blandas con la realización de un trabajo efectivo en un centro de trabajo de la entidad beneficiaria, de manera que esta formación complemente su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral futura.

Los centros donde se desarrolle la formación en competencias blandas deberán estar situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

El programa de formación se iniciará en cualquier momento desde el inicio del contrato
y finalizará como máximo el 29 de noviembre de 2024. En el plazo máximo de cinco
(5) días hábiles desde que finalice dicho programa de formación y como fecha máxima el
6 de diciembre de 2024, deberá presentarse su justificación

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA PARA LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Documentación justificativa para el pago del incentivo a la contratación .

a) Anexo II: declaración complementaria y actualizada, del conjunto de todas las ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes, en la que se declara, asimismo, que se dispone del documento firmado por las personas contratadas, (según el modelo del anexo III), en el que autorizan o se oponen a la comprobación de sus datos. Dicho documento podrá ser requerido por la Administración pública en cualquier momento. En el caso de contratos preexistentes no será preciso su presentación.

b) Una fotografía del cartel informativo en que se refleje su localización, en los términos señalados en el artículo 28.

El plazo máximo para la presentación de la documentación prevista en este apartado será de 10 días hábiles desde el inicio de los contratos y, en todo caso, finalizará el 29 de octubre de 2024. La falta de presentación en plazo puede resultar en la pérdida del derecho al cobro de las subvenciones contratación jóvenes.

Documentación justificativa de la actividad formativa.

Para justificar los programas de formación en competencias blandas (con una duración mínima de 50 horas), se deberá presentar la cuenta justificativa simplificada conforme al artículo 51 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, que aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Esta justificación es esencial para mantener el derecho al cobro de las subvenciones contratación jóvenes.

La cuenta justificativa simplificada se presentará en el modelo del anexo IV de esta orden, que incluirá:

  • Declaración responsable de las actividades realizadas.
  • Declaración responsable de los pagos.

Junto con la cuenta justificativa simplificada (anexo IV) se presentará también un certificado de las entidades formadoras de la asistencia de la persona solicitante al curso/actividad objeto de subvención, donde conste el nombre del curso/actividad, lugar y fechas de celebración, módulo y distribución de horas, según el modelo que figura en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En la modalidad de teleformación, se deberán indicar los resultados obtenidos en los controles de aprendizaje programados para cada módulo por el que la persona recibió la formación. Estos resultados deben incluir si se realizaron las pruebas, la fecha y hora de cada control, el tiempo empleado y la cualificación obtenida, según el modelo disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Estos datos deben ser almacenados por el sistema de teleformación utilizado para la ejecución de la formación, asegurando así el cumplimiento de los requisitos para las subvenciones contratación jóvenes.

  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad o actividades realizadas, con identificación del proveedor y de la factura, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, que deberá efectuarse obligatoriamente mediante transferencia o ingreso bancario.

La persona beneficiaria está obligada a conservar toda la documentación y presentarla de ser requerida para eso en cualquier control financiero posterior.

La documentación justificativa de la formación señalada en este apartado deberá presentarse en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la finalización de la actividad formativa y, en todo caso, como fecha máxima el 6 de diciembre de 2024.

 La persona o empresa beneficiaria de las ayudas deberá expedir a las personas participantes un certificado con la duración de las prácticas realizadas, el puesto de trabajo ocupado, las principales tareas realizadas y los contenidos del programa de formación de competencias blandas realizado.

La liquidación del importe final de las subvenciones concedidas se calculará en función de la justificación presentada.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Qué es la subvención TR353C?

La subvención TR353C es una ayuda financiera destinada a empleadores que contraten a jóvenes menores de 30 años en Galicia, promoviendo su primera experiencia profesional y formación en competencias blandas.

Quiénes pueden beneficiarse de estas subvenciones?

Pueden beneficiarse las personas empleadoras y empresas que contraten a jóvenes desempleados inscritos en el SEPE de Galicia y que no tengan más de un año de experiencia profesional en el mismo grupo de cotización.

Qué tipos de contratos son subvencionables?

Son subvencionables los contratos formativos a jornada completa con una duración mínima de 12 meses, realizados entre el 1 de diciembre de 2023 y el 15 de octubre de 2024.

Qué cuantía máxima pueden recibir los empleadores?

La cuantía máxima varía según el grupo de cotización, con incentivos adicionales para la formación en competencias blandas, llegando hasta 16.625 €.

Qué formación se requiere para los jóvenes contratados?

Se requiere formación en competencias blandas, como trabajo en equipo, resolución de conflictos, comunicación interpersonal y liderazgo, que debe ser impartida durante el periodo de contrato.

Cuáles son las obligaciones de los empleadores beneficiarios?

Los empleadores deben mantener el empleo del trabajador contratado durante al menos 12 meses, comunicar bajas voluntarias o fallecimientos, y cumplir con todas las obligaciones de justificación de la subvención.

CONCLUSIÓN SOBRE LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Las subvenciones para la contratación de jóvenes en Galicia 2024 son una herramienta valiosa para fomentar la inserción laboral de los jóvenes y mejorar sus competencias profesionales. Tanto los empleadores como los jóvenes pueden beneficiarse de estos incentivos, contribuyendo al desarrollo económico y social de la región.

¡No te pierdas ninguna novedad!

Sigue mi canal de YouTube donde comparto consejos, tutoriales y recursos esenciales para autónomos y emprendedores. Suscríbete ahora y activa las notificaciones para estar al día con los mejores contenidos que te ayudarán a gestionar y hacer crecer tu negocio.

¡Haz clic aquí para suscribirte!

TODO SOBRE EL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA:

https://asesoraemprende.com/el-contrato-laboral-de-formacion-en-alternancia

Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp

“Este contenido ha sido creado el 22/05/2024, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez.

Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com

“El contenido de los artículos pretende informar, de forma general, a los clientes, reales o potenciales, de diferentes aspectos que pueden ser de su interés o utilidad. No es su cometido detallar de forma exhaustiva, trámites, condiciones o requisitos ni sustituir un asesoramiento especializado que atienda a cada caso particular y sus necesidades. De ningún modo Begoña Fernández Enríquez se responsabiliza de actuaciones individuales iniciadas tras la lectura de los mismos y que no le hayan sido expresamente encargadas”.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Busca por temática

Publicaciones Relacionadas

Descarga tu Ebook Gratis sobre Subvenciones para Emprendedores en Galicia!

¿Eres emprendedor en Galicia y quieres hacer crecer tu negocio con ayudas económicas?

 ¡Tengo la solución perfecta para ti! 

Soy Bego de Asesoraemprende, y he creado un e-book exclusivo y gratuito que te mostrará cómo acceder a las mejores subvenciones disponibles en Galicia.

 

En este e-book encontrarás:

- Subvenciones clave para tu negocio

- Requisitos esenciales y cómo preparar una solicitud ganadora.

- Consejos prácticos para aumentar tus posibilidades de éxito

 

Descarga tu e-book gratuito hoy y aprovecha todas las oportunidades de financiación disponibles para tu negocio en Galicia! 

Rellena el formulario para obtener tu copia gratuita.

¡Te has suscrito correctamente!