Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026: guía completa

Ojito porque esta ayuda va por orden de entrada… y eso cambia todo.

Si estás pensando en darte de alta como autónoma o autónomo en Galicia en 2026, esta información te interesa muchísimo. Te lo voy a explicar fácil, claro y sin sustos innecesarios.

La Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026 (programa TR341D) incluye dos líneas de subvención compatibles entre sí. Sí, has leído bien: puedes solicitar ambas si cumples los requisitos.

Vamos paso a paso.

PLAZO: Convocatoria 2026 – 11/02/2026 09:00 – 30/09/2026 20:00

Mujer emprendedora con tablet en oficina moderna representando la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026 y ayudas para autónomos
Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026: guía completa 2

Índice de contenidos

¿Qué es la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026?

Es una ayuda de la Xunta de Galicia dirigida a personas que inician actividad por cuenta propia.

El programa TR341D cuenta con dos líneas de subvenciones, compatibles entre sí:

  • La línea 1, consistente en una subvención para el inicio de actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas.
  • La línea 2, ayuda para el pago de la cuota de autónomos a la Seguridad Social.

Además, la línea 2 tiene dos sublíneas según el sector.

La sublínea 1 de la promoción del empleo autónomo den Galicia 2026

Esta se corresponde a la ayuda ya incluida en la convocatoria anterior y equivalente al coste de la cuota reducida correspondiente a la cotización a la Seguridad Social por inicio de la actividad por cuenta propia que corresponde a todos los nuevos autónomos en Galicia durante los 12 primeros meses,

La sublínea 2 – Ayuda para pagar la cuota de autónomos

Esta es una nueva ayuda adicional incluida en esta convocatoria y equivalente al coste de la cuota reducida correspondiente a la cotización a la Seguridad Social por inicio de la actividad por cuenta propia que corresponde a todos los nuevos autónomos en Galicia en los sectores agrícola, ganadero y silvícola, durante los 12 primeros meses, más otros 12 meses adicionales, hasta un total de 24.

Muy importante ahora: se concede por orden de entrada con documentación completa.

Si presentas la solicitud y luego te requieren porque falta algo… pierdes turno. Pasas a la fecha en la que esté todo correcto. Y eso puede dejarte fuera.

Promoción del Empleo Autónomo Galicia: orden de entrada y plazo de resolución (3 meses)

La Promoción del empleo autónomo Galicia 2025, es una subvención que se concede por orden de entrada, considerando como tal la fecha en la que se presente la documentación completa!!! (ojo, si te tienen que requerir para que «arregles» algo, pierdes turno, pasas a la fecha en que esté todo completo.

El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses, que se computará desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se dicte resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026: quién puede pedirla y requisitos por línea

Serán beneficiarias aquellas personas que cumplan los requisitos generales establecidos en el artículo 7 de esta orden y que causen alta definitiva en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026,  siempre que cumplan las siguientes condiciones:

Para la línea 1:

a) Estar inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo en el momento del alta en la Seguridad Social como persona autónoma o, en el caso de mutualistas, en el momento de alta en la correspondiente mutua, y carecer de ocupación efectiva

b) Ser titular o cotitular del negocio o explotación y haber iniciado la actividad laboral con anterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención, y no tener ninguna alta inicial anterior como persona trabajadora autónoma en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG, salvo que dicha alta hubiera sido como persona autónoma colaboradora.

c) Encontrarse de alta en el impuesto de actividades económicas.

d) Desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia, según el alta en el impuesto de actividades económicas o en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modelo 036.

e) Tener el domicilio fiscal en Galicia en el momento de la solicitud de la ayuda.

Quedan excluidas de esta línea las personas socias de sociedades que tengan personalidad jurídica (sociedades mercantiles, sociedades laborales, cooperativas de trabajo asociado, sociedad civil profesional), así como los administradores y las personas autónomas colaboradoras.

Para la línea 2:

a) Ser persona autónoma beneficiaria de la cuota reducida, la conocida como «tarifa plana» de autónomos

b) Estar inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo en el momento del alta en la Seguridad Social como persona autónoma, y carecer de ocupación efectiva

c) Haber iniciado la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud

d) Encontrarse de alta en el impuesto de actividades económicas.

e) Desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia

f) Tener el domicilio fiscal en Galicia en el momento de la solicitud de la ayuda.

g) Tener alta en un CNAE correspondiente al sector agrícola (01), ganadero (01) o silvícola (02), en el caso de solicitar la ayuda especial para estos sectores

h) En el supuesto de personas socias de sociedades mercantiles, sociedades laborales, cooperativas de trabajo asociado y administradores de las mismas, estas deberán ser de nueva creación, esto es, aquellas que inicien la actividad empresarial desde el 30 de septiembre de 2025, según la fecha que figure en el impuesto de actividades económicas o, en su caso, en la fecha de alta en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

También beneficiarias de la TR341D, las personas trabajadoras autónomas cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que las soliciten a título personal y cumplan con los requisitos establecidos en esta orden. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención.

Checklist rápida antes de solicitar la ayuda

  • Estoy inscrito/a como demandante de empleo
  • Ya estoy dado de alta en RETA
  • Tengo domicilio fiscal en Galicia
  • No he sido autónomo/a en los últimos 5 años (Línea 1)
  • No estoy cobrando ayudas incompatibles

Cuantía de la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026: importes de la Línea 1 y Línea 2

Si estás pensando en solicitar la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026, lo primero que quieres saber es cuánto dinero puedes recibir, ¿verdad? Pues aquí viene la parte interesante. Te explico de forma clara cuáles son los importes de cada línea, qué colectivos pueden acceder a mayores cuantías y cómo funcionan los incrementos para que no dejes ni un euro sobre la mesa. Ojito porque en algunos casos la ayuda puede llegar hasta 7.000 €.

Importe de la subvención Línea 1

Si estás valorando solicitar esta ayuda, aquí viene lo importante: cuánto puedes cobrar realmente por iniciar tu actividad como autónoma o autónomo en Galicia. Te lo voy a explicar claro, porque dependiendo de tu perfil la cuantía puede duplicarse… e incluso aumentar con varios incrementos acumulables. Ojito porque bien calculado puede marcar la diferencia en tus primeros meses de actividad.

  • 2.000 € para personas desempleadas en general.
  • 4.000 € para el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno de los siguientes colectivos en el momento de alta en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente, que no serán acumulables:

a) Personas menores de 30 años.

b) Personas desempleadas de larga duración.

c) Personas desempleadas con discapacidad o en situación de dependencia.

d) Personas desempleadas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social.

e) Personas desempleadas que tengan la condición de emigrante retornada.

f) Personas desempleadas que tengan la condición de extranjera.

g) Personas mayores de 52 años.

5 Incrementos acumulables entre sí :

La cuantía base correspondiente se incrementará en un 15 % en los siguientes casos:

  • Si la persona incorporada es una mujer.
  • En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.
  • Personas mayores de 45 años (incremento no aplicable a la letra g)
  • Personas trans.
  • Profesiones y oficios en que la mujer esté subrepresentada, cuya relación figura en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La cuantía máxima posible, de aplicarse todos los incrementos, sería de 7.000 €.

Importe de la subvención Línea 2

La Línea 2 es la ayudita pensada para echarte una mano con la cuota de autónomos (la famosa tarifa plana). Aquí la cuantía es muy sencilla, porque se calcula como 80 € al mes multiplicado por el número de meses que te correspondan según tu caso:

1. Ayuda equivalente al importe de 80 € mensuales, multiplicado por 12 meses. Total 960 €.

2. Ayuda equivalente al importe de 80 € mensuales, multiplicado por 24 meses, en el caso de alta en CNAE de los sectores agrícola (01), ganadero (01) o silvícola (02). Total 1.920 €.

En el caso de las personas trabajadoras autónomas que se den de alta en los CNAE de los sectores agrícola (01), ganadero (01) o silvícola (02) y ejerzan la actividad en régimen de pluriactividad, podrán ser beneficiarias de la sublínea 2.1, por importe de 960 €.

Obligaciones de las personas beneficiarias de la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026

Aquí viene la parte que casi nadie lee… y luego llegan los sustitos.

Si te conceden la ayuda, no basta con cobrarla. Hay que cumplir una serie de obligaciones durante un tiempo determinado para no tener que devolver el dinero.

Te lo resumo clarito:

  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y realizar la propuesta de pago de la subvención.
  • Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
  • Mantener el alta en el RETA durante un tiempo mínimo de veinticuatro (24) meses de forma ininterrumpida las personas beneficiarias de la línea 1; de doce meses, las personas beneficiarias de la linea 2, sublinea 1, y veinticuatro meses, las personas beneficiarias de la sublínea 2.
  • Las personas físicas beneficiarias de cualquier ayuda de este programa deberán mantener durante el período de 12 meses la forma jurídica elegida por la que se les concedieron las subvenciones, así como domicilio fiscal en Galicia por el mismo tiempo.
  • Medidas de visibilidad: en los lugares de realización de la actuación se informará del apoyo de los fondos a través de un cartel de un tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación en un lugar bien visible para el público, que deberá mantenerse durante un mínimo de 24 meses si la ayuda concedida se corresponde con la línea 1 (artículo 24.2.a) y con la línea 2 (artículo 24.2.b.2), y durante un mínimo de 12 meses si la ayuda concedida se corresponde con la línea 2 (artículo 24.2.b.1).
  • También se hará una breve descripción de la actuación en la página web y en las cuentas en las redes sociales, en el caso de disponer de ellas, mencionando los objetivos y resultados, y destacando la ayuda financiera de la Unión Europea.
  • Además, en todos los documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la actuación, destinados al público o a las personas participantes, se proporcionará una declaración que destaque la ayuda de la Unión Europea de manera visible.

Pérdida de la subvención y devolución de la ayuda de autónomos en Galicia

Esta es la parte que nadie quiere leer… pero que hay que entender muy bien. Porque sí, la ayuda está genial. Pero si no cumples las condiciones, toca devolverla. Y no queremos disgustos después.

El incumplimiento del mantenimiento en el RETA (Régimen Especial de autónomos), supone devolver la cantidad que se ha concedido.

Mantener el alta en el RETA o mutualidad durante un tiempo mínimo de 24 meses, salvo cese por causas ajenas a su voluntad, (ejemplo motivos económicos, técnicos, violencia de género, ….) lo cual deberá acreditar fidedignamente.

Si el alta es de al menos 18 meses se devolvería la parte proporcional al tiempo que reste para el cumplimiento de los 24 meses.

Procederá el reintegro total de las ayudas concedidas al amparo de este programa en el supuesto de no de mantener durante el período de 12 meses la forma jurídica elegida por la que se concedieron las subvenciones, así como el domicilio fiscal en Galicia por el mismo tiempo.

Procederá el reintegro del 2 % del importe de la ayuda concedida en el caso de incumplimiento de las obligaciones de visibilidad, transparencia y comunicación.

Incompatibilidades de la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026

Este punto es clave antes de presentar la solicitud. No queremos que pidas una ayuda… y luego te la denieguen por incompatibilidad.

Esta ayuda en su línea 1 es incompatible con el programa Nueva Oportunidad y el programa Emega y las ayudas al fomento de empleo en cooperativas y sociedades laborales.

Las ayudas para emigrantes retornadas y de sus descendientes son compatibles con esta ayuda tr341d.

La línea 2 es incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad.

Cómo aprovechar la ayuda sin sustitos

La Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026 puede ser un impulso muy interesante si estás dando el paso de emprender, pero no es una ayuda automática ni “sin condiciones”. Hay requisitos que cumplir, plazos que respetar y obligaciones que mantener durante meses. Por eso mi consejo es claro: antes de solicitarla, revisa bien tu situación, asegúrate de que encajas en la línea correcta y presenta la documentación completa desde el primer momento. Así evitarás sustos y podrás centrarte en lo realmente importante: hacer crecer tu negocio con tranquilidad. Trabajo inteligente, no duro.


Preguntas frecuentes sobre la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026

¿Cómo solicitar la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026 paso a paso?

La solicitud se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Muy importante: debes haber iniciado la actividad antes de solicitarla y presentar la documentación completa desde el primer momento. Si te requieren para subsanar, pierdes el orden de entrada.

Trabajo inteligente, no duro.

¿Qué documentación necesito para pedir la ayuda TR341D?

Aunque puede variar según el caso, normalmente necesitarás:

  • Alta en RETA o mutualidad.
  • Alta en IAE.
  • Inscripción como demandante de empleo en el momento del alta.
  • Modelo 036.
  • Documentación acreditativa si perteneces a colectivos con incremento.

Ojito porque si falta algo, te requerirán y perderás turno.

¿Cuándo se cobra la subvención de autónomos en Galicia?

El plazo máximo de resolución es de 3 meses desde la entrada en registro. Una vez concedida, el pago se realiza tras la propuesta de resolución favorable y comprobación de requisitos.

Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.

¿Qué errores pueden hacer que me denieguen la ayuda?

Los errores más comunes son:

  • No estar inscrita como demandante de empleo en el momento del alta.
  • Presentar la solicitud antes de iniciar actividad.
  • No cumplir el requisito de no haber sido autónoma en los últimos 5 años (Línea 1).
  • Falta de documentación completa.
  • No tener domicilio fiscal en Galicia.

Ten cuidado porque son errores muy habituales.

¿Puedo pedir la ayuda si ya fui autónoma hace años?

Para la Línea 1, no puedes haber tenido alta inicial como autónoma en los 5 años anteriores a la publicación de la convocatoria, salvo que fueras autónoma colaboradora.

Para la Línea 2, depende del cumplimiento de los requisitos de tarifa plana.

Aquí conviene revisar tu histórico antes de solicitar.

¿La ayuda de autónomos Galicia 2026 tributa en la declaración de la renta?

Sí. Es una subvención pública y tributa como rendimiento de actividad económica. No es dinero “neto limpio”, así que conviene planificarlo fiscalmente.

¿Qué pasa si cierro antes de los 24 meses?

Si no cumples el periodo mínimo de mantenimiento en RETA, tendrás que devolver la ayuda total o parcialmente.

Si alcanzas al menos 18 meses, la devolución puede ser proporcional. Si el cese es por causa justificada y acreditada, podría evitarse el reintegro.

¿Es compatible la Promoción del Empleo Autónomo Galicia 2026 con otras ayudas?

  • La Línea 1 no es compatible con Nueva Oportunidad, Emega ni ayudas a cooperativas.
  • La Línea 2 no es compatible con otras ayudas destinadas a pagar la cuota.
  • Las ayudas a emigrantes retornadas sí pueden ser compatibles.

Antes de solicitar, revisa bien qué otras subvenciones estás cobrando.


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