Ayudas para el impulso del Comercio en Galicia 2025 ¡Todo lo que necesitas saber!

La Conselleria de Economía, Empleo e Industria ha abierto la convocatoria de ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025, destinadas a mejorar la competitividad del comercio minorista y los talleres artesanales mediante la adopción de soluciones digitales, mejoras en infraestructuras y sostenibilidad ambiental.

A continuación, te explico quiénes pueden solicitarlas, qué gastos se subvencionan y cómo presentar la solicitud correctamente.

Ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025 ¡Todo lo que necesitas saber!
Ayudas para el impulso del Comercio en Galicia 2025 ¡Todo lo que necesitas saber! 8

Convocatoria 2025en plazoEn plazo:  26/02/2025 00:00 – 26/03/2025 23:59

Las Ayudas para el Comercio en Galicia 2025 las gestiona la CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA y el código de procedimiento es el CO300C

Índice de contenidos

Objeto de las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025

El comercio gallego se enfrenta a nuevos retos en un mundo cada vez más digital. Para ayudar a los pequeños negocios a modernizarse y mejorar su competitividad, la Xunta de Galicia ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025. Esta subvención está dirigida a autónomos y pequeñas empresas del sector comercial y artesanal que deseen mejorar su presencia online, modernizar sus establecimientos o apostar por soluciones sostenibles.

Plazo de solicitud de la subvención

Los interesados podrán presentar su solicitud desde el 26 de febrero hasta el 26 de marzo de 2025.

Esta subvención, que en los últimos años se concedía por «puntos», este año no es así, va por orden de entrada, importante!!!

Presentación telemática a través del procedimiento CO300C en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?

Hay dos tipos de beneficiarios, pueden ser tanto personas físicas como jurídicas. Pero no todos los comercios pueden acceder a esta ayuda, ya que está destinada a empresas o autónomos con unas características concretas.

Para poder beneficiarse, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser Comerciante Minorista  y Talleres Artesanales.
  • Que tengan en Galicia su actividad comercial y estén de alta como actividad principal en alguno de los IAE que figuran en los anexos II Y III.
  • En caso de que la actividad subvencionable se corresponda con una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
  • En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras actividades comerciales o servicios no subvencionables, la persona solicitante deberá acreditar fehacientemente que la actividad principal está incluida en los epígrafes del IAE que se relacionan en los anexos II y III. En todo caso, la actividad principal del establecimiento deberá realizarse de forma notoria e inequívoca.
Ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025. Anexo II epígrafes subvenvionables
Ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025. Anexo III epígrafes subvencionables

Un requisito imprescindible es que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE. Y que tengan un número de personas empleadas igual o inferior a 20, incluidas las personas en situación de autoempleo.

En el caso de los Talleres, es requisito estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia (se puede hacer la solicitud de inscripción hasta el 26 de marzo de 2025).

Ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025: 3 líneas

Línea 1. Digitalización e innovación comercial
Línea 2. Modernización comercial
Línea 3. Sostenibilidad ambiental

LINEA 1 de las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025: DIGITALIZACIÓN COMERCIAL

En las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025 en la línea 1 se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la digitalización del entorno comercial omnicanal y a la transformación digital del punto de venta y el modelo de negocio:

  • Implantación o mantenimiento de página web con o sin venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
  • Hardware (sistema TPV o tableta), impresora de código de barras térmica 1D/2D y báscula digital.
  • Software de gestión adaptado a la actividad comercial desenvuelta (programas de gestión comercial, de gestión logística del e-commerce, de factura electrónica, de pago, de control de stocks, tecnología RFID, etc.).
  • Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
  • Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
  • Gestor de redes sociales, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV, e imagen digital.
  • Etiquetado electrónico para lineales de venta.
  • Sistemas de click and collect y lockers digitales.
  • Terminales de autopago para la clientela (self check out).
  • Soluciones de ciberseguridad.
  • Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
  • Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
  • Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
  • Pantallas y escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.

El porcentaje de la subvención será el 80 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):

Ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025. inversiones máximas subvencionables
Ayudas para el impulso del Comercio en Galicia 2025 ¡Todo lo que necesitas saber! 9

LINEA 2 de las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025: MODERNIZACIÓN COMERCIAL

En las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025 en la línea 2 se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la mejora de la imagen, la eficiencia del local y de los recursos y la calidad del producto final:

  • Obras de acondicionamiento y reforma de la superficie de exposición y venta del establecimiento comercial, adquisición de mobiliario auxiliar destinada a la mejora de la imagen comercial y adquisición de mobiliario expositivo de productos que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta.
  • Costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de interiorismo y decoración del establecimiento comercial.
  • Puertas automáticas con sensores de proximidad.
  • Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces.
  • Sistemas de climatización energéticamente eficientes.
  • Actuaciones de mejora de la fachada y de aislamiento térmico y acústico y colocación de toldos y rótulos del establecimiento comercial.
  • Adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal que deberán ser en todo caso de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial que mejoren el diseño y la calidad del producto final.

El porcentaje de la subvención será el 80 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):

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LINEA 3 de las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

En las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025 en la línea 3 se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la reducción de las cantidades de embalaje mediante la adaptación de su tamaño y forma a la dimensión y formato de los productos:

  • Cajas de cartón 100 % reciclado.
  • Sobres de cartón o papel 100 % reciclado.
  • Papel vegetal.
  • Rellenos para embalaje (rellenos vegetales y protecciones acolchadas de papel 100 % reciclado).
  • Bolsas de papel 100 % reciclado.
  • Bolsas de tela de algodón 100 %.
  • Bolsas de tela de lino 100 %.
  • Bolsas de tela de cáñamo 100 %.
  • El porcentaje de la subvención será el 80 % de la inversión máxima subvencionable de 2.500,00 € (IVA excluido).

Gastos no subvencionables en las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025

a) El impuesto sobre el valor añadido (IVA). Cuando sea recuperable, o sea, si se está en el régimen general.

b) La adquisición de ordenadores, dispositivos móviles, televisores, reproductores de sonido e imagen, cámaras fotográficas y terminales o lectores de tpv, excepto los establecidos en el art 4.1

c) La adquisición de maquinaria propia de procesos industriales, en el caso de artesanos, y adquisición de maquinaria e instrumentos propios de servicios profesionales.

d) La adquisición o el arrendamiento de maquinaria y equipamiento necesario para el desarrollo de las obras.

e) La adquisición de materia prima de la actividad artesanal.

f) Adquisición de materiales destinados a la realización con medios propios de obras e instalaciones.

g) Menaje y objetos de decoración y material no inventariable y con una vida útil previsible inferior a un año.

h) Las obras de mejora y acondicionamiento en almacenes o en espacios no destinados a la exposición y venta.

i) Las actuaciones de reparación, reposición o mera conservación del establecimiento, así como la adquisición de recambios y piezas.

j) Las tasas, licencias, visados y autorizaciones relativas a las obras.

k) Mantenimiento e instalación de sistemas de alarma y seguridad.

l) La adquisición de elementos que coincidan con los propios de la actividad comercial de la empresa, susceptibles de venta posterior.

m) Los trabajos realizados por la propia persona solicitante de la subvención ni aquellas actuaciones cuando el/la vendedor/a de los activos o el/la prestador/a de la actividad sea de la propia empresa solicitante o se diese un supuesto análogo del que se pudiese derivar autofacturación.

n) Los gastos realizados en establecimientos dedicados exclusivamente a las máquinas de venta automática.

o) Los inmuebles o artículos de exposición y de prueba susceptibles de posterior venta al público y la instalación de expositores de carácter temporal.

p) Los proyectos cuya inversión no se ajuste al volumen de negocio anual y a las necesidades de la persona solicitante.

q) Los gastos dedicados a actividades que no constituyan la actividad principal subvencionable de la persona solicitante.

r) Los costes de adquisición de inversiones o los gastos subvencionables superiores al valor de mercado.

s) Las bolsas y demás elementos de plástico o derivados del plástico.

t) Las actuaciones cuya inversión sea inferior a 1.000,00 €.

u) Cualquier otra inversión que no esté directamente vinculada con la realización de la actuación subvencionable.

Justificación de la subvención: La memoria del proyecto

Uno de los aspectos más importantes para la concesión de las ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025 es la memoria del proyecto. Este documento no solo debe describir la actividad del negocio, sino también justificar de manera clara y detallada las inversiones que se pretenden realizar con la subvención.

Cada línea de ayuda (digitalización, modernización y sostenibilidad) tiene unos requisitos específicos, por lo que la memoria debe incluir información precisa sobre la situación actual del comercio, los objetivos de la inversión, los costes asociados y la planificación de la ejecución. Además, es fundamental presentar un presupuesto desglosado y aportar documentación que respalde cada una de las actuaciones solicitadas.

A continuación, se detallan los elementos que deben incluirse en la Memoria del proyecto (anexo VII), que deberá incluir:

Línea de digitalización e innovación comercial:

Una descripción de la actividad comercial y artesanal que se desarrolla en el establecimiento comercial con indicación detallada de cada una de las actuaciones concretas para las cuales se solicita la subvención.

El grado de digitalización existente en la empresa en el momento de la solicitud: página web implantada, en su caso, herramientas de marketing utilizadas y redes sociales disponibles.

Los objetivos y la valoración económica de las actuaciones que se pretenden ejecutar con un presupuesto desglosado en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes objeto de la ayuda.

La planificación temporal estimativa de la realización de las actuaciones.

En el caso de pantallas y escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela, una descripción de los contenidos y de la planificación de su emisión, así como el software para dicha emisión.

Línea de modernización comercial:

Una descripción de la actividad comercial y artesanal que se desarrolla en el establecimiento comercial con indicación detallada de cada una de las actuaciones concretas para las cuales se solicita la subvención.

Los objetivos y la valoración económica de las actuaciones que se pretenden ejecutar con un presupuesto desglosado en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes objeto de la ayuda.

La planificación temporal estimativa de la realización de las actuaciones.

En el caso de obras, fotografías y, en su caso, el plano donde se muestre el estado e imagen del local antes de la realización de la obra.

En el caso de instalación de equipamientos de eficiencia energética, características técnicas de los equipamientos para los cuales se solicita la ayuda suministradas por el fabricante (catálogo, certificado o ficha técnica donde se incluyan los datos de la productividad del equipo y de su consumo y rendimiento energético).

En caso de sustitución de puertas automáticas y sistemas de iluminación y climatización, fotografías de las instalaciones actuales y de los equipamientos.

En caso de equipamientos de la actividad comercial y artesanal, etiquetado que acredite una calificación energética B o superior, cuando así lo requieran.

Línea de sostenibilidad ambiental:

Una descripción de la actividad comercial y artesanal que se desarrolla en el establecimiento comercial con indicación detallada de cada una de las actuaciones concretas para las cuales se solicita la subvención.

Los objetivos y la valoración económica de las actuaciones que se pretenden ejecutar con un presupuesto desglosado en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes objeto de la ayuda.

Se deberá presentar entre otros documentos:

Facturas o, en su defecto, facturas proforma o presupuesto detallado de gastos previstos para la realización de cada una de las actividades o adquisiciones para las cuales se solicita subvención. No tendrán la consideración de presupuestos las estimaciones de gastos realizadas por la persona solicitante y que carezcan del soporte de la oferta del proveedor o tarifa oficial del gasto, ni se admitirán aquellos presupuestos que no estén desglosados por los conceptos de las actuaciones subvencionables.

Las facturas, facturas proforma o presupuestos referidos a las herramientas de posicionamiento digital deberán estar emitidas por los proveedores que presten los referidos servicios o, en su caso, desglosar las actuaciones, el coste y los hitos/objetivos a cumplir.

Las facturas, facturas proforma o presupuestos referidos a la logística e-commerce o gestión de redes sociales deberán indicar el período en el que efectivamente se presta el servicio.

Las facturas, facturas proforma o presupuestos referidos a la línea de sostenibilidad ambiental deberán indicar expresamente la composición y características del material empleado de cada una de las inversiones solicitadas con su descripción técnica (porcentaje de reciclado, condiciones de sostenibilidad, origen orgánico, etc.) que deberá estar garantizado por una certificación, etiqueta verificable o declaración responsable de la empresa proveedora.

Anticipo de la Subvención ¡Puedes solicitar el pago por adelantado!

La persona solicitante podrá solicitar, en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la concesión de la subvención, el pago anticipado, que supondrá entregas de fondos con carácter previo a la justificación como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, de hasta un 50 % de la subvención concedida, con la obligación de constituir garantía en el caso de subvenciones superiores a 18.000,00 €

Obligaciones en las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025

Recibir una subvención implica una serie de compromisos que los beneficiarios deben cumplir para garantizar el correcto uso de los fondos públicos. En el caso de las ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025, entre otras, mantener las inversiones subvencionadas con la ayuda otorgada y la aplicación de los fondos recibidos durante un período de dos (2) años desde su concesión, excepto en los casos en que por su naturaleza las actuaciones se agoten con su uso (herramientas de posicionamiento digital, logística e-commerce, gestor de redes sociales e imagen digital).

También es necesario hacer constar la cofinanciación de los activos adquiridos y actuaciones realizadas al amparo de esta ayuda con fondos de la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Economía, Industria e Innovación. Para ello, colocarán en un lugar visible del establecimiento comercial un cartel con la leyenda «Proyecto cofinanciado» y el escudo normalizado de la Xunta de Galicia, según el modelo e instrucciones elaboradas por la Dirección General de Comercio y Consumo, publicado en la dirección http://www.portaldocomerciante.gal/

Igualmente, esta misma publicidad deberá realizarse en la página web.

Justificación de las ayudas para la Digitalización del Comercio en Galicia 2025

El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la forma señalada en el artículo 7 de la convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2025, de una copia de la siguiente documentación:

a) Justificantes de las inversiones:

Son las facturas de los proveedores y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil y con eficacia administrativa en los términos que se establezcan reglamentariamente (importe sin IVA e importe total), en relación con los gastos subvencionables, emitidas dentro del período comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y la fecha límite de justificación.

Se adjuntará relación nominativa de las inversiones justificadas, anexo IX, haciendo constar la actuación, número de factura, fecha de expedición, fecha de pago, expedidor e importe de la inversión.

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil o con eficacia administrativa, pagados, en original o copia.

Cuando la persona beneficiaria no disponga de facturas electrónicas para la justificación de la subvención, deberá aportar una copia de los documentos originales en papel, de acuerdo con los procedimientos que establece la normativa vigente.

En el caso de la actuación de logística e-commerce, establecida en los artículos 4 y 5 de estas bases reguladoras, declaración responsable debidamente firmada de que los gastos logísticos y de transporte de envíos en línea al domicilio o punto de entrega no fueron repercutidos en la persona consumidora, e indicación de la publicidad de los gastos de los envíos en la página web.

b) Justificación de los pagos:

Esto se acreditará a través de transferencia bancaria, certificación bancaria o extracto de pago comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de sept de 2025. En estos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y el emisor del pago, así como el número de factura objeto del pago y la fecha del mismo. No se admitirán los pagos en efectivo.

Asimismo, no se admitirán como justificantes los obtenidos a través de internet si no están validados por la entidad bancaria o disponen de códigos para su verificación por terceros en la sede electrónica de dicha entidad bancaria.

c) Anexo VIII, declaración de otras ayudas, debidamente firmado.

d) En caso de que la subvención concedida tenga por objeto la implantación o el mantenimiento de una página web

Se ha de presentar la acreditación del registro del dominio de la página, la cual deberá estar en funcionamiento en el momento de la justificación. En el caso de servicios profesionales de gestión de redes sociales, acreditación del nombre del usuario.

e) En el caso de la línea de modernización comercial

Habrá que presentar las fotografías de las zonas reformadas que muestren las obras realizadas, así como de los equipamientos e instalaciones objeto de la subvención. Las fotografías deberán estar tomadas desde el mismo ángulo desde el que se realizaron las remitidas con la solicitud.

f) Documentación gráfica acreditativa del cumplimiento de la obligación específica de publicidad de la financiación establecida en el artículo 16 de estas bases reguladoras.

g) En caso de que las personas se opongan expresamente a la consulta de los datos

Presentar certificaciones expedidas por los organismos competentes, acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de no tener pendiente de pago ninguna deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Será una vez recibida la documentación justificativa que se realizará el pago de la subvención se abonará en un único pago, mediante transferencia bancaria a la entidad financiera, al número de cuenta designado por la persona beneficiaria.

Las subvenciones se minorarán proporcionalmente si la inversión justificada es inferior al presupuesto que sirvió de base para la resolución de concesión, siempre que esté garantizada la consecución del objeto.

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Conclusión sobre las ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025

Las ayudas para la digitalización del comercio en Galicia 2025 representan una oportunidad clave para que autónomos y pequeñas empresas modernicen sus negocios, incorporen nuevas tecnologías y apuesten por la sostenibilidad. Con una financiación del 80% sobre la inversión, esta subvención permite mejorar la eficiencia, impulsar la presencia digital y optimizar la gestión de los comercios gallegos.

Es importante presentar una solicitud completa y bien documentada, detallando de manera clara las inversiones previstas, sus beneficios y el impacto en la actividad comercial.

Si eres comerciante o artesano en Galicia y cumples con los requisitos, no dejes pasar esta oportunidad. Digitalizar y modernizar tu negocio ahora puede marcar la diferencia en su crecimiento y competitividad en los próximos años.

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