Medición del gas radón en centros de trabajo: nueva obligación desde octubre de 2025

Desde el 1 de octubre de 2025 está en vigor una nueva obligación para las empresas y autónomos con trabajadores: realizar la la medición del gas radón en los centros de trabajo situados en determinadas zonas de España.

En Galicia, esta medida es especialmente importante, ya que la mayor parte de los municipios están dentro de las zonas con mayor concentración natural de radón. En este artículo te explico, de forma clara y práctica, cuándo hay que hacer la medición del gas radón, qué significa “planta baja”, y qué pasos seguir si tienes trabajadores.

Medición del gas radón en centros de trabajo en Galicia, obligación para empresas y autónomos con empleados desde octubre de 2025.
Medición del gas radón en centros de trabajo: nueva obligación desde octubre de 2025 2

¿Qué es y por qué se realiza la medición del gas radón?

El radón es un gas radiactivo de origen natural, que se produce por la descomposición del uranio presente en el suelo y en algunos materiales de construcción.
Al ser incoloro e inodoro, puede acumularse en los espacios cerrados sin que lo notemos. Por eso, la normativa busca garantizar que los niveles en los lugares de trabajo sean seguros. Este es el motivo por el cual es importante la medición del gas radón.

Según el Reglamento de Protección frente a las Radiaciones Ionizantes (RD 1029/2022) y la Instrucción IS-47 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), la concentración media anual de radón no debe superar los 300 Bq/m³.

Municipios de Galicia donde es obligatorio la medición del gas radón

La Instrucción IS-47 del CSN establece que la medición es obligatoria en los “municipios de actuación prioritaria”, incluidos como Zona II en el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-HS6).

🔹 En Galicia, el 91 % de los municipios están clasificados como Zona II, lo que significa que casi todas las empresas gallegas deben, al menos, revisar si su local está afectado.
🔹 Puedes consultar el mapa oficial del CSN en este enlace: Mapa de zonificación por municipio de radón (Consejo de Seguridad Nuclear)
🔹 También puedes ver el mapa detallado del Laboratorio de Radón de Galicia: radon.gal/mapa-de-radon-de-galicia

Conclusión: si tu empresa está en Galicia, lo más probable es que esté en un municipio donde la medición del gas radón es obligatoria. Lo recomendable es verificarlo o consultarlo con tu Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Qué se entiende por “planta baja” y “bajo rasante” para la medición del gas radón

La obligación no depende solo del municipio, sino también de la planta en la que trabajas. La normativa exige medir radón únicamente si existen puestos de trabajo en:

  • Planta baja: la planta que está al nivel del terreno exterior, con acceso directo desde la calle o parcela.
  • Planta bajo rasante, sótano o semisótano: las que están total o parcialmente por debajo del nivel del suelo exterior, o tienen ventilación limitada al exterior.

🔸 Si tu actividad está en planta baja o sótano, y estás en municipio Zona II, la medición del gas radón es obligatoria.
🔸 Si trabajas en primera planta o superiores, no estás obligado por la IS-47, aunque puede realizarse de forma voluntaria como medida preventiva.

Quién debe realizar la medición del gas radón

La empresa o autónomo con trabajadores no tiene que gestionarlo por su cuenta.
Esta obligación forma parte de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL), por lo que debe ser gestionada por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (propio o ajeno).

El Servicio de Prevención:

  1. Comprueba si el centro está en municipio obligatorio.
  2. Valora la ubicación (planta baja, sótano, etc.).
  3. Coordina la colocación de detectores (entre octubre y mayo).
  4. Emite o incorpora el informe oficial a la Evaluación de Riesgos.

Cuándo hay que medir

  • Nuevas aperturas: la medición debe hacerse en los 6 meses posteriores a la apertura del centro de trabajo.
  • Empresas existentes: dentro del periodo de medición oficial (entre octubre y mayo).
  • Revisiones: cada 10 años si los niveles son normales, o antes si hay reformas o concentraciones elevadas.

Resumen práctico

Situación¿Medición obligatoria?Quién lo gestiona
Municipio fuera de zona prioritaria❌ No
Municipio en Galicia, actividad en planta baja o sótano✅ SíServicio de Prevención
Municipio en Galicia, actividad en primera planta o superior⚪ No obligatoria (recomendable)Servicio de Prevención
Nueva apertura en municipio Zona II✅ Sí, en 6 mesesServicio de Prevención

En resumen

Si tienes trabajadores a tu cargo, este tema forma parte de tus obligaciones de prevención de riesgos laborales.
No tienes que hacer la medición por tu cuenta, pero sí debes contactar con tu Servicio de Prevención para que revise tu caso y confirme si te corresponde.

Y si eres autónomo sin empleados, no estás obligado a medir, aunque siempre puedes hacerlo de forma voluntaria si tu local está en planta baja o sótano.

En Asesoraemprende te ayudamos

Desde Asesoraemprende, te recordamos que estas obligaciones forman parte de la documentación laboral de tu empresa y pueden ser requeridas por Inspección de Trabajo.
Podemos ayudarte a verificar tu situación, coordinar con tu Servicio de Prevención y mantener tu empresa al día en materia de PRL y cumplimiento normativo.


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