¿Eres youtuber, instagramer, o un blogger y te preguntas si tienes que pagar impuestos?
Si estás ganando dinero con ello, la respuesta es sí. Sea cual sea la cantidad.
Ese dinero que recibes, lo divides entre 1,21 y lo que te dé es tuyo, el resto es para hacienda. Es el Iva que como emprendedor que eres estás recaudando para Hacienda, y cada trimestre se lo deberás entregar.
Cómo liquido el IVA:
Si tienes una actividad económica, cada trimestre deberás presentar el llamado Modelo 303, a través del cual deberás pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado en tus facturas de gastos.
Este modelo se presenta en los 20 primeros días siguientes al trimestre. Esto es, hasta los días 20 de los meses de abril, julio, octubre y hasta el 30 de enero.
Ojo, si tu cliente es Google, la cosa cambia. Lee este otro Post.
https://asesoraemprende.com/2019/12/26/que-hacer-si-recibes-un-pago-de-google/
Lo primero que debes hacer es «darte de alta» en Hacienda. Es comunicar que estás realizando una actividad económica.
Y también deberás darte de alta en «autónomos», comunicar a la seguridad social que realizas un trabajo. Y eso, incluso si ya estás de alta por trabajar en otra cosa. Por ese otro trabajo «por cuenta ajena» estarás incluido en el Régimen General. Por tu trabajo «por cuenta propia» tendrás que darte de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Cuidado, no creas que porque ganas poco y no llegas al salario mínimo no tienes que hacerlo. Si realizar «habitualmente» una actividad y recibes unos ingresos, a pequeños que sean, de forma periódica, ya estás obligado a ello.
Te lo explico con más detalle en mi post «ser o no ser autónomo».
https://asesoraemprende.com/2018/11/28/ser-o-no-ser-autonomo/
¿Y cuánto tengo que pagar?
En este post te lo explico:
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