Si eres autónomo en Galicia y estás pensando en contratar personal, este 2025 puede ser el año perfecto para hacerlo. La subvención contratación autónomos en Galicia es una ayuda clave para quienes buscan ampliar su equipo sin que el coste salarial sea un obstáculo.
En este artículo, te explico todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda: quién puede solicitarla, qué requisitos debes cumplir y cómo puedes acceder a ella antes de que se agoten los fondos. Además, te daré algunos consejos prácticos para maximizar el beneficio de esta subvención y asegurarte de que tu solicitud sea aprobada sin complicaciones.
Ojo, que esta ayuda se concede por orden de solicitud hasta que se agoten los fondos disponibles. Así que, si estás pensando en contratar y solicitar la subvención contratación autónomos en Galicia, sigue leyendo porque te voy a contar cómo aprovechar esta oportunidad sin perder tiempo.
Convocatoria 2025
En plazo: 24/01/2025 00:00 – 30/09/2025 23:59
TR349F – Programa II: ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas
Índice de Contenidos
¿Qué es la subvención contratación autónomos en Galicia?
La subvención contratación autónomos en Galicia es una ayuda económica destinada a fomentar la contratación indefinida inicial de personas desempleadas por parte de autónomos y profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.
Este programa subvenciona la primera, segunda y tercera contratación indefinida realizada por autónomos, ofreciendo un apoyo financiero que varía según el perfil de la persona contratada y otros factores adicionales.
Es decir, se trata de una subvención a la contratación indefinida inicial y a la formación de personas desempleadas realizadas por autónomos o profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia, por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.
Importante: La concesión de esta subvención se realiza por orden de solicitud, lo que significa que los fondos se asignan hasta que se agoten. Por ello, si cumples con los requisitos, es clave presentar la solicitud cuanto antes.
Características de las ayudas
Esta subvención para autónomos en Galicia incluye dos tipos de ayudas compatibles, lo que permite maximizar el beneficio obtenido al contratar personal de forma indefinida:
Bono de contratación
Ayuda a fondo perdido destinada a incentivar la contratación de personas desempleadas. Se aplica tanto para contratos a tiempo completo como a tiempo parcial (mínimo 50% de la jornada).
Bono de formación (opcional)
Subvención adicional para financiar acciones formativas dirigidas a mejorar las competencias y habilidades del trabajador contratado.
La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo y completarse dentro de los tres primeros meses desde la solicitud.
Dato clave: Ambas ayudas pueden solicitarse juntas, lo que permite reducir costes salariales y aumentar la cualificación del nuevo empleado.
Requisitos para solicitar la subvención contratación autónomos en Galicia
Para acceder a la subvención contratación autónomos en Galicia, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos que garantizan la correcta aplicación de la ayuda.
Requisitos de las contrataciones
1 – Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones que cumplan los siguientes requisitos:
- Que las personas contratadas sean desempleadas inscritas en el SEPE (Se considera persona inscrita aquella que figure como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia con anterioridad o en el mismo día de la contratación que se subvenciona) y carezcan de ocupación en el día anterior a la contratación de acuerdo con su vida laboral.
- Que las contrataciones se realicen dentro del período subvencionable, que comprende desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas incluidas.
- Que las contrataciones tengan lugar con anterioridad o en el mismo día de la solicitud de ayudas.
- Que estén comunicadas al Servicio Público de Empleo, a través de la aplicación Contrat@ en el plazo de 10 días hábiles desde su inicio.
2 – La contratación deberá ser indefinida inicial, incluidos los contratos fijos discontinuos. El período de actividad en el caso del contrato fijo discontinuo deberá tener una duración mínima de 6 meses cada año.
3 – El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial, en este último caso para ser subvencionable deberá tener una jornada mínima del 50 %, desde su inicio, respecto de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada ordinaria máxima legal.
- Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido con personas desempleadas. Será primera si en la fecha en que se formalice el contrato por el que se solicita la subvención no hubiera otra persona trabajadora contratada con una relación laboral indefinida.
- Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido con personas desempleadas. Siempre que en el momento de la contratación existan en plantilla una o dos personas contratadas indefinidas.
Resumen de las condiciones de la subvención contratación autónomos en Galicia
¿Quiénes pueden beneficiarse de esta subvención subvención contratación autónomos en Galicia ?
Esta ayuda está dirigida a autónomos y profesionales que realicen contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas. Se pueden solicitar ayudas por:
- Primera contratación indefinida: Si en la fecha del contrato no hay ningún otro trabajador contratado de manera indefinida.
- Segunda y tercera contratación indefinida: Si en el momento de la nueva contratación ya hay uno o dos empleados indefinidos en plantilla.
Requisitos de las personas contratadas
Para que una contratación sea subvencionable, el trabajador contratado debe:
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE Galicia antes o en el mismo día de la contratación.
- No haber tenido actividad laboral el día anterior a la contratación, según su informe de vida laboral.
Plazos y condiciones del contrato
- Período subvencionable: Contratos firmados entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
- El contrato debe formalizarse antes o el mismo día de la solicitud de la ayuda.
¡Ojo! Todas las contrataciones deben ser comunicadas al Servicio Público de Empleo a través de la aplicación Contrat@ en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su inicio.
Tipos de contrato admitidos en la subvención contratación autónomos en Galicia
- Contrato indefinido inicial, incluidos los contratos fijos discontinuos (mínimo 6 meses de actividad al año).
- Contratos a tiempo completo o parcial, siempre que la jornada sea de al menos el 50% de la jornada completa establecida en convenio o en la legislación vigente.
Cuantía de la ayuda: ¿cuánto puedes recibir con la subvención contratación autónomos en Galicia?
La subvención contratación autónomos en Galicia ofrece incentivos económicos directos a quienes realicen contratos indefinidos iniciales con personas desempleadas.
La cuantía varía según el número de contrataciones y el perfil del trabajador contratado.
I. Primera persona trabajadora indefinida desempleada:
El importe será de 7.500 € y esta cuantía será de 9.000 € cuando la persona desempleada se encuadre en alguno de los siguientes colectivos, no acumulables:
- Mujer.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Mayores de 52.
- Personas con discapacidad.
- Personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Personas emigrantes retornadas.
- Personas extranjeras.
II. Segunda y tercera persona trabajadora indefinida:
La cantidad percibida será de 9000€. La cuantía será de 11.000 € cuando la persona desempleada se encuadre en alguno de los siguientes colectivos, no acumulables:
- Mujer.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Mayores de 52.
- Personas con discapacidad.
- Personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Personas emigrantes retornadas.
- Personas extranjeras.
Incremento del 15%
Los incentivos señalados en el apartado anterior se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
- En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.
- Personas mayores de 45 años (no será aplicable en caso de que ayuda se conceda por el colectivo de mayores de 52 señalado en la letra c) de las epígrafes I y II del punto primero de este artículo).
- Personas trans.
- Si la persona incorporada es una mujer en una profesión u oficio en el que la mujer esté subrepresentada, según informe del Observatorio del Empleo, tal y como figuran en el anexo II de esta orden.
Cuantías máximas de la subvención contratación autónomos en Galicia
De este modo las cuantías máximas posibles, de aplicarse todos los incrementos, serían:
- Para la primera persona trabajadora indefinida 14.400 euros.
- Para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida 17.600 euros.
Se aplicará la subvención por el colectivo y los incrementos indicados por la persona solicitante. En caso de no ejercer la opción, se entenderá solicitada por la cuantía superior que quede acreditada con la documentación aportada con la solicitud. Si no queda acreditada la pertenencia a ningún colectivo, se entenderá que solicita por la cuantía base mínima.
Jornadas parciales
Cuando se trate de contrataciones indefinidas con una jornada a tiempo parcial, las cuantías de los incentivos serán proporcionales
Fijos discontinuos
En el caso de contrataciones indefinidas iniciales en la modalidad de fijo discontinuo, la cuantía del incentivo será proporcional al tiempo de trabajo (período de actividad del contrato fijo discontinuo, que deberá tener una duración mínima de 6 meses cada año).
Casos en los que no puedes acceder a la subvención contratación autónomos en Galicia
Los contratos realizados con el cónyuge, los ascendentes, los descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de la persona solicitante.
No será aplicable esta exclusión cuando la persona empleadora sea una persona trabajadora autónoma que contrate como persona trabajadora por cuenta ajena a los hijos y a las hijas menores de 30 años, tanto si conviven o no con él,
O también cuando se trate de una persona trabajadora autónoma sin personas asalariadas y que contrate un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.
Importante esta excepción, será subvencionable contratar a un hijo menor de 30 años!!! incluso si hay convivencia.
Se excluyen las contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.
Ojo: Se excluyen las personas trabajadoras que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención, excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido reconocido o declarado improcedente
Obligaciones a cumplir en el caso de percibir la subvención contratación autónomos en Galicia
Las obligaciones del Bono de contratación
La persona beneficiaria deberá mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada por un tiempo mínimo de 36 meses.
En el supuesto de extinción de la relación laboral de alguna persona trabajadora por la que se concedió la subvención, la persona beneficiaria está obligada a cubrir la vacante con una nueva contratación indefinida inicial. Por lo menos con una jornada de trabajo igual o superior a la de la persona sustituida.
La nueva persona trabajadora deberá pertenecer a algún colectivo por el que se le pudiese conceder un incentivo por importe igual o superior al de la persona que causase baja. Para cumplir esta obligación la empresa tiene de plazo hasta el último día del mes siguiente al de la baja. Esta nueva contratación deberá serle comunicada al órgano que concedió la ayuda y no dará lugar, en ningún caso, a una nueva subvención.
Procederá el reintegro de las ayudas cuando la persona beneficiaria incumpla la obligación de permanencia.
En este caso hay que diferenciar entre el reintegro total, cuando no se lleve a cabo la sustitución de la persona trabajadora que causó baja, y el reintegro parcial, que procederá en los siguientes casos:
- Cuando se efectuó la sustitución, pero esta no fue hecha en plazo, la cuantía que se reintegrará será la correspondiente al período en que el puesto estuviera vacante.
- Cuando se efectuó la sustitución, pero esta no fue hecha con una nueva persona trabajadora perteneciente a alguno de los grupos recogidos en el artículo 25, colectivos recogidos en este programa, por el que se pueda conceder una subvención por importe igual o superior al de la persona que causó baja, procederá el reintegro parcial de la ayuda concedida por la diferencia entre la cantidad percibida y la cantidad que correspondería a la nueva contratación.
- Cuando no se efectuó la sustitución, procede el reintegro total concedido por la persona trabajadora que extinguió su relación laboral.
- Cuando se efectúa la sustitución en el plazo establecido en las bases reguladoras no procede reintegro alguno.
- Si la sustitución se hace fuera del plazo establecido, la cuantía que se reintegrará será la correspondiente a los meses en que el puesto estuvo vacante.
En el supuesto de modificación de jornada de la persona contratada subvencionada, procederá el reintegro parcial de la ayuda concedida por la diferencia entre la cantidad percibida y la que le corresponde por la jornada inferior desde la fecha en que tuvo lugar la modificación.
Las obligaciones del Bono de formación (opcional)
Como habíamos visto el objeto de esta ayuda es de llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo. Y la obligación fundamental en este caso es que la acción formativa con la persona contratada será de un mínimo de 70 horas de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo Y tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde la fecha de la solicitud, debe estar finalizada el 30/10/2025.
Ojo: No puede ser la formación en riesgos laborales.
Esta formación se incentivará con una ayuda de 2.000 euros.
Aprovecha la subvención contratación autónomos en Galicia
La subvención contratación autónomos en Galicia es una oportunidad muy buena para los autónomos que quieres ampliar su equipo sin asumir todos los costes salariales. Con ayudas que pueden llegar hasta 17.600 € por trabajador, este incentivo permite no solo aliviar la carga económica, sino también apostar por talento cualificado y fomentar el empleo estable en la comunidad.
Si cumples con los requisitos, no dejes pasar esta oportunidad. Recuerda que las solicitudes se conceden por orden de entrada, por lo que cuanto antes presentes tu solicitud, mayores serán las probabilidades de obtener la ayuda.
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