Miles son las preguntas que nos están surgiendo a todos ante esta novedosa Situación de Estado de Alarma.
Se están aprobando medidas para paliar la situación, te expongo cuáles son a día de hoy, 24 de marzo de 2020
BAJAS LABORALES:
Por el momento sólo sabemos que cuando alguien se vea obligado al aislamiento preventivo, o se haya contagiado del coronavirus, obtendrá de su médico de cabecera el parte de baja, que indicará esa causa, y ello supondrá cobrar como si fuera un accidente de trabajo, es decir, el 75% de su base de cotización, que si como autónomo tienes la base mínima sale a 23,61 euros por día.
Pero ojo, sólo cobrarás si tienes un parte de baja médico del servicio público de salud.
Recordarte que cuando tienes una baja médica, debes entregarle ese parte a tu gestoria para que pueda enviarlo a la seg social por Internet.
Para poder cobrar tu prestación por baja, deberás solicitarlo a tu Mutua, sólo tendrás que rellenar la solicitud y enviarle también los últimos 3 recibos de autónomos.
Cada Mutua en su web indica el mail de contacto para estas gestiones.
¿No sabes cuál es tu mutua?, míralo en tu parte de alta de autónomos. Cuando te diste de alta elegiste una Mutua, es una obligación. Ahí figura.
Puedes sacar un duplicado de esa alta en este enlace de la seguridad social si dispones de tu certificado digital
También puedes verlo sacando un estado actual de tus datos de cotización, sobre todo si cambiaste de Mutua posteriormente al alta.
https://t.co/DK6vOA1JUo?amp=1
Cómo obtener tu certificado digital
MEDIDAS ECONÓMICAS:
Se podrá pedir aplazamiento en el pago de impuestos
Cuando en abril se presenten los impuestos del primer trimestre de este año, se podrá pedir aplazamiento de todos los impuestos, incluso de las retenciones del personal y del alquiler, que hasta ahora no se podía.
Se concederán 6 meses de aplazamiento, pero sólo los tres primeros irán sin intereses.
Así que si la empresa quiere pagar antes de los 6 meses, dentro de los 3, y evitarse los intereses, podrá hacerlo.
Opción paro o cese de actividad extraordinaria:
Si consideras que no vas a poder aguantar y estás pensando en darte de baja de autónomo, cuidado si estás con la tarifa plana, piensa que si luego quieres volver una vez todo esto haya pasado, la habrás perdido, tendría que pagar el recibo sin bonificación.
Si durante 2019 estuviste cotizando, todo el año, ahora tendrías derecho a 4 meses de paro. Cobrarías, si estuviste cotizando por la base mínima, 661,08 euros, que es el 70% de la base.
Recuerda que es necesario que estés al corriente de pagos con la seguridad social.
El Paro del autónomo se gestiona en la Mutua, la misma que gestiona tu prestación por baja médica.
Normalmente hay que cumplir varios requisitos económicos para que lo concedan, pero dada la situación actual, se cree que será suficiente si tu actividad está entre las que el BOE del 14 marzo obliga a que se cierre.
Si crees que puedes continuar y sólo es la situación actual de inactividad derivada del coronavirus, lo mejor es que pidas la prestación por cese
Aquí te dejo todos los detalles:
https://asesoraemprende.com/2020/03/18/autonomo-y-la-prestacion-extraordinaria-por-cese/
Importante si tienes empleados:
Si tu actividad no es de las que es obligatorio cerrar y decides abrir tu negocio, te aconsejo ponerte en contacto con tu servicio de prevención de riesgos laborales, ya que si se produce un contagio en tu centro de trabajo por no tomar medidas de prevención encima te puedes ver objeto de una sanción.
Si tu empleado obtiene baja médica por coronavirus, la empresa no tiene que pagar nada de salario, desde el primer día lo cubre la seg social, que pagará el 75% de la base reguladora.
Pero tú como empresario tendrás que seguir pagando las cotizaciones, como ocurre siempre que hay una baja médica.
Ir al enlace:
¿Cuánto me cuesta un trabajador de baja?
Tienes dudas?? Puedo ayudarte. Directamente a mi Whatsapp:
https://bit.ly/2twUNbg
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