Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2025-primera experiencia profesional

La convocatoria para las subvenciones Contratación Jóvenes TR353C en Galicia estará abierta del 27 de mayo de 2025 al 30 de septiembre de 2025. Esta ayuda promueve la primera experiencia profesional y la formación en competencias blandas para jóvenes menores de 30 años (no pueden haber cumplido los 30 años). Está dirigida a empleadores y empresas que contraten a jóvenes trabajadores (16-29 años) desempleados e inscritos en el SEPE de Galicia.

Convocatoria 2025 las subvenciones Contratación Jóvenes TR353C en Galicia

en plazo

Próxima apertura:  27/05/2025 – 30/09/2025

subvenciones Contratación Jóvenes TR353C

Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2025-primera experiencia profesional
Subvenciones para Contratación de Jóvenes en Galicia 2025-primera experiencia profesional 3

BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES TR353C

Las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica, que contraten personas jóvenes trabajadoras (entre 16 y 29 años) desempleadas e inscritas en el SEPE de Galicia, y que no tengan experiencia profesional superior a un año (365 días) en el mismo grupo de cotización en el que van a ser contratadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Los contratos incluidos en Subvenciones Contratación Jóvenes TR353C tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.

El período durante el que se tienen que realizar los contratos formativos para ser subvencionables será desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025.

Es posible pedir primero la ayuda y si la conceden habrá un plazo de veinte días hábiles siguientes al de la recepción de la notificación de la concesión y en todo caso antes del 15 de octubre del 2024, para hacer el contrato laboral.

Los contratos subvencionados al amparo de esta orden comenzarán en el plazo máximo de 25 días hábiles desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, la fecha máxima será el 15 de octubre de 2025.

EXCLUSIONES EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES TR353C

No entran en estas subvenciones contratación jóvenes TR353C los contratos con el cónyuge o familiares, excepto los contratos con hijos menores de 30 años que realice la persona autónoma, ya sea que convivan o no. También se permite cuando se trate de una persona trabajadora autónoma sin empleados y contrate a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.

Se exceptúan los contratos realizados con personas que ya fueron contratadas bajo las ayudas (código de procedimiento TR353C del 2024), a menos que posean más de una titulación y el nuevo contrato permita obtener práctica profesional en un nuevo nivel de estudios o formación diferente a las convocatorias anteriores.

Muy importante: Comprobar que la persona que se contrate bajo estas subvenciones contratación jóvenes TR353C no haya finalizado un contrato indefinido en la misma empresa, en otra empresa del mismo grupo, en los 4 meses anteriores.

TIPO DE AYUDAS EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES TR353C

La convocatoria de subvenciones para la contratación de jóvenes en Galicia en 2024 está diseñada para fomentar la inserción laboral de personas menores de 30 años mediante programas de formación específicos. Las subvenciones TR353C ofrecen incentivos significativos tanto para los empleadores como para los jóvenes, con el objetivo de promover la primera experiencia profesional y la formación en competencias blandas. A continuación, se detallan los programas disponibles y sus beneficios.

Línea 1: Programa de Prácticas

El programa de prácticas está diseñado para contratos con jóvenes que posean un título universitario, un título de grado medio o superior, un título de especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional. También incluye a aquellos con títulos equivalentes en enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.

El contrato de trabajo para la obtención de práctica profesional deberá concertarse
dentro de los tres (3) años, o de los cinco (5) años si se formaliza con una persona con
discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios

Línea 2: Programa de Formación en Alternancia

Este programa permite contratos de formación en alternancia con jóvenes que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para un contrato formativo. Estos contratos tienen el objetivo de compatibilizar la actividad laboral remunerada con los procesos formativos correspondientes, proporcionando a los jóvenes una valiosa experiencia práctica.

CUANTÍA EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES TR353C

La cuantía máxima de las subvenciones contratación jóvenes TR353C que se concederá con carácter general será la siguiente:

Incentivos a la Contratación por 12 Meses a Jornada Completa

  • a.1. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
  • a.2. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
  • a.3. Para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

La cuantía de las subvenciones contratación jóvenes TR353C  se calcula en función de los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social. El salario que percibirán los jóvenes contratados será el que corresponda legal o convencionalmente, acorde con su categoría profesional y titulación requerida para el puesto subvencionado.

La ayuda concedida se abonará a las personas empleadoras o empresas beneficiarias en un único pago, después de presentar la documentación justificativa.

OBLIGACIONES EN LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Obligación de mantenimiento del empleo: mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período mínimo de 12 meses, excepto baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora, supuesto en el que la persona o entidad beneficiaria podrá optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste para cumplir con la obligación de mantenimiento del empleo, por otra persona joven, que cumpla los mismos requisitos y de perfil análogo a aquel para el cual se solicitó la subvención, o, de lo contrario, optar por devolver voluntariamente la cuantía proporcional.

Si las causas del incumplimiento del mantenimiento del empleo son otras diferentes a las señaladas en el párrafo anterior, procederá la devolución total del incentivo.

Cuando se produzca la extinción del contrato antes de que finalice el período de
12 meses, la persona empleadora o empresa beneficiaria deberá proceder al reintegro
total de la ayuda

Baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora contratada

Esta obligación de mantenimiento del empleo tiene una excepción en el caso de baja voluntaria o fallecimiento de la persona trabajadora contratada.

En este caso la persona empleadora o empresa beneficiaria podrá optar preferentemente por sustituirla en el plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste para cumplir con la obligación de mantenimiento del empleo de 12 meses, por otra persona joven que cumpla los requisitos establecidos en esta orden con el mismo tipo de contrato y de perfil análogo a aquel para el cual se solicitó la subvención, o, de lo contrario, optar por devolver voluntariamente la cuantía proporcional de la subvención.

De no producirse la sustitución o cuando, aun produciéndose, la suma de los distintos períodos de contratación referidos a este puesto de trabajo fuera inferior al período de tiempo tomado como referencia para el cálculo del incentivo (12 meses), se procederá a la reducción o reintegro de la ayuda concedida por el importe proporcional correspondiente.

Las bajas voluntarias o fallecimientos deberán comunicarse por medios telemáticos al órgano gestor de las ayudas en el plazo de cinco (5) días desde que se produzcan, aportando el motivo de la baja y en el caso de baja voluntaria la declaración de la persona trabajadora en la que se indique el motivo, según el modelo disponible en la sede electrónica.

Se permite una única sustitución de la persona contratada inicialmente.

Ojo, en caso de despido de la persona por la que se obtuvo la subvención, aunque sea procedente,

habrá que devolver toda la ayuda.

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA PARA LAS SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JÓVENES

Documentación justificativa para el pago del incentivo a la contratación .

a) Anexo II: declaración complementaria y actualizada, del conjunto de todas las ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes, en la que se declara, asimismo, que se dispone del documento firmado por las personas contratadas, (según el modelo del anexo III), en el que autorizan o se oponen a la comprobación de sus datos. Dicho documento podrá ser requerido por la Administración pública en cualquier momento. En el caso de contratos preexistentes no será preciso su presentación.

b) Una fotografía del cartel informativo en que se refleje su localización, en los términos señalados en el artículo 28.

El plazo máximo para la presentación de la documentación será de 10 días hábiles desde el inicio de los contratos y, en todo caso, finalizará el 30 de octubre de 2025. La falta de presentación en plazo puede resultar en la pérdida del derecho al cobro de las subvenciones contratación jóvenes.

La persona beneficiaria está obligada a conservar toda la documentación y presentarla de ser requerida para eso en cualquier control financiero posterior.

Preguntas frecuentes sobre las subvenciones contratación jóvenes TR353C

¿Quién puede solicitar las subvenciones contratación jóvenes TR353C?

Pueden solicitarlas personas empleadoras y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten a jóvenes entre 16 y 29 años desempleados e inscritos en el SEPE de Galicia, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

¿Qué requisitos deben cumplir los jóvenes para estas subvenciones?

Los jóvenes contratados deben tener entre 16 y 29 años, estar desempleados, inscritos en el SEPE de Galicia, y no tener más de un año de experiencia en el mismo grupo de cotización. Además, no pueden haber cumplido los 30 años al momento de la contratación.

¿Cuál es la duración mínima del contrato para que sea subvencionable?

Los contratos dentro del programa de subvenciones contratación jóvenes TR353C deben ser a jornada completa y tener una duración mínima de 12 meses.

¿Cuáles son las fechas clave de la convocatoria TR353C de 2025?

El plazo de solicitud estará abierto del 27 de mayo al 30 de septiembre de 2025. Los contratos deben realizarse entre el 16 de octubre de 2024 y el 15 de octubre de 2025.

¿Cuánto se puede recibir con las subvenciones contratación jóvenes TR353C?

Las ayudas varían según el grupo de cotización y el tipo de formación impartida. Pueden llegar hasta los 16.625 € por contratación más incentivos adicionales por formación en competencias blandas.

¿Puedo contratar a un familiar con esta subvención?

No, salvo excepciones muy concretas: como contratar a hijos menores de 30 años, o si eres autónomo sin empleados y contratas a un solo familiar menor de 45 años que no conviva contigo ni esté a tu cargo.

¿Qué ocurre si el contrato finaliza antes de los 12 meses?

En general, deberás devolver la ayuda. Solo en casos de baja voluntaria o fallecimiento, puedes sustituir al joven contratado en un plazo de 15 días. Si no lo haces, perderás el incentivo proporcional.

¿Qué documentación necesito para justificar la ayuda?

Entre otros documentos, deberás presentar el Anexo II, pruebas del cumplimiento de la formación, y una fotografía del cartel informativo obligatorio. Todo debe entregarse en un plazo de 10 días hábiles desde el inicio del contrato y antes del 30 de octubre de 2025.


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