¡Aprovecha la magnífica subvención para pymes y autónomos en Galicia!

Si eres autónomo o tienes una pequeña o mediana empresa en Galicia, la Xunta ha lanzado la subvención pymes Galicia 2025 TR880A, una oportunidad única para impulsar tu negocio. Esta ayuda está diseñada para apoyar inversiones realizadas y pagadas entre el 1 de julio de 2024 y la fecha de solicitud. Recuerda que las solicitudes se resolverán por orden de entrada, así que es crucial actuar con rapidez.

Convocatoria 2025 Plazo: 21/05/2025 00:00 – 30/06/2025 23:59

LAS SUBVENCIONES SE RESOLVERÁN POR ORDEN DE ENTRADA

¡Aprovecha la subvención pymes Galicia 2025 magnífica subvención para pymes y autónomos en Galicia!
¡Aprovecha la magnífica subvención para pymes y autónomos en Galicia! 2

¿Quién puede beneficiarse de la subvención pymes Galicia 2025 TR880A?

TR880A – Esta ayuda es para los autónomos y las pequeñas y medianas empresas (incluidas cooperativas y sociedades laborales) que iniciaran su actividad desde el 01/01/2023 en Galicia (hasta la fecha de la solicitud).

Se apoyan las inversiones REALIZADAS Y PAGADAS entre el 01/07/2024 y la fecha de solicitud de la ayuda.

Ojito porque el IVA no es subvencionable: esto quiere decir que, aunque la inversión que realices incluya el IVA en la factura, esa parte no será tenida en cuenta a la hora de calcular la ayuda. La subvención solo cubrirá el importe neto, es decir, el valor sin impuestos. Así que tenlo en cuenta para hacer bien tus cálculos y no llevarte sorpresitas.

Entonces la subvención pymes Galicia 2025 TR880A está dirigida a:

  • Autónomos que hayan iniciado su actividad desde el 1 de enero de 2023.
  • Pequeñas y medianas empresas (pymes) incluidas cooperativas y sociedades laborales.
  • Empresas con domicilio fiscal en Galicia.
  • Entidades que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

¿Qué inversiones entran con la subvención pymes Galicia 2025?

La subvención cubre una amplia gama de inversiones, entre ellas:

  • 1º. Equipamiento informático.
  • 2º. Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera.
  • 3º. Inversiones en eficiencia energética.
  • 4º. Adquisición de bienes de equipo y mobiliario.
  • 5º. Reforma y habilitación de las instalaciones del local de negocio (también si es alquilado)
  • 6º. Gastos notariales y/o registrales
  • 7º. Gastos de alquiler de inmuebles para la realización de la actividad
  • 8º. La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o bienes de equipo de segunda mano

En el caso de adquisición de los bienes mediante fórmulas de pago aplazado, estos deberán pasar a ser de propiedad plena de la persona beneficiaria antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto, debiendo constar en este momento el vencimiento y pago de las cantidades aplazadas.

Es decir, si compras los bienes con fórmulas de pago aplazado, como por ejemplo con leasing, renting con opción de compra, pagos fraccionados o similares, los equipos o materiales deberán ser de tu propiedad total antes de que finalice el proyecto. Para que te concedan la subvención pymes Galicia 2025, tendrás que acreditar que has pagado todas las cuotas pendientes y que esos bienes ya son tuyos del todo. Además, en la documentación debe figurar claramente la fecha en la que se hace el pago final y se adquiere la propiedad. Si esto no queda bien reflejado, podrías quedarte sin la ayuda. ¡Ojito con esto y revisa bien cómo justificas cada gasto!

Cuantía de la ayuda en la subvención pymes Galicia 2025

Si estás valorando solicitar la subvención pymes Galicia 2025, es fundamental que conozcas bien cómo se calcula la ayuda. La cuantía varía en función del importe total que hayas invertido en tu proyecto. Cuanto mayor sea la inversión, menor será el porcentaje subvencionable, pero ojo, porque aún así las cifras son muy interesantes. Además, si tu iniciativa contribuye a evitar el cierre de un negocio por falta de relevo generacional, puedes beneficiarte de un aumento extra del 10 % sobre el importe final. Te lo explico con detalle a continuación.

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:

  • a) Con inversiones de 5.000 € o más hasta un límite de 20.000 €, la cuantía de la ayuda será del 55 % de la inversión.
  • b) Con inversiones de 20.001 € o más hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión.
  • c) Con inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 60.000 €, la cuantía de la ayuda será del 45 % de la inversión.

En el supuesto de que el proyecto de inversión evite el cierre de un negocio por falta de relevo generacional y facilite que la persona interesada en emprender tenga la posibilidad de recoger el testigo de un negocio ya viable económicamente, el porcentaje de intensidad en función del rango de inversión total realizada establecida en este artículo se incrementará en un 10 %.

Ejemplos de inversiones subvencionables

Para ayudarte a identificar qué gastos puedes incluir en tu solicitud, aquí te explico de forma clara y sencilla los principales tipos de inversiones que cubre la subvención pymes Galicia 2025. Recuerda que todo lo que declares debe estar directamente vinculado a tu actividad económica y haber sido realizado y pagado entre el 1 de julio de 2024 y la fecha de solicitud. ¡Vamos al lío!

Equipos informáticos: se consideran las tabletas, ordenadores personales de sobremesa, ordenadores portátiles o similares, equipos de red, servidores, conexión a internet, escáneres y similares, siempre que se destinen exclusivamente al desarrollo de la actividad económica de la persona solicitante.

Ojito, que los teléfonos móviles y smartphones no entran en la ayuda, aunque sean para uso profesional. Es decir, en ningún caso se consideran subvencionables los teléfonos móviles y smartphones.

Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera, como por ejemplo, adquisición de la propiedad o del derecho al uso de programas informáticos, incluida la suscripción a software estándar del mercado durante el período subvencionable.

También incluye los gastos de creación y desarrollo de programas informáticos a medida y páginas web, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios, y patentes, licencias…

Inversiones en eficiencia energética: toda aquella compra de productos e instalaciones que reduzcan el consumo energético, entre otras, el cambio de sistemas de iluminación o cambios de maquinaria e instalaciones.

Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario: maquinaria, bienes de equipamiento o herramientas mediante las cuales se mejore el proceso productivo. Así como equipos y medios de transporte interno, medios de protección del medioambiente y otros
bienes de equipamiento incluido mobiliario, conjunto de muebles que sirven para la actividad normal de la empresa, como mesas, sillas, estanterías, mostradores y vitrinas.

En ningún caso se consideran subvencionables:

– las decoraciones u ornatos suntuosos.
– los vehículos, naves, aeronaves o similares, constituyan o no la actividad empresarial propia de la persona solicitante.

Reforma y rehabilitación de las instalaciones del local de negocio: obras que consisten normalmente en reparaciones, decoraciones u ornatos (incluida la rotulación) que no modifican la estructura constructiva del local.

Los gastos notariales subvencionados serán los relacionados con la actividad subvencionada y siempre que sean indispensables para su adecuada preparación o ejecución. Con un máximo de 300 euros.

El importe subvencionable por gastos de alquiler será de 1500 euros máximo por persona beneficiaria. Se corresponderán con el local o centro de trabajo en el que se realice la actividad subvencionada.

Se entiende por local del negocio el centro de trabajo declarado en el anexo I. Se excluye el domicilio habitual de la persona trabajadora autónoma.

Ambos, gastos notariales y de alquiler serán incrementados en un 10 % en el supuesto de que el proyecto de inversión evite el cierre de un negocio por relevo de este.

Se entenderá por relevo de un negocio el cambio de titularidad motivado por la jubilación o por la proximidad de la edad de jubilación de la persona titular del negocio; también puede estar motivada por causas sobrevenidas, como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento.


Para tener derecho al incremento de la intensidad de la ayuda, la persona emprendedora, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, tiene que haber sido beneficiaria de una subvención concedida conforme a la Orden de 23 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2024 las ayudas del Bono Relevo para el fomento del relevo generacional de negocios (código de procedimiento TR353D).

¿Cuándo sabrás si te conceden la subvención pymes Galicia 2025?

La resolución será en el plazo de 3 meses, transcurrido dicho plazo sin que se dictase resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Una vez presentada tu solicitud, la administración dispone de un plazo de 3 meses para resolver.
Ojito aquí: si pasa ese tiempo y no has recibido ninguna respuesta oficial, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo.
No pierdas de vista los plazos y revisa tu bandeja de notificaciones electrónicas con frecuencia. ¡No vaya a ser que te den la ayuda y no te enteres!

¿Cómo se justifica la subvención pymes Galicia 2025?

Con la solicitud se presentan ya las facturas y los justificantes bancarios del pago. El importe mínimo de las facturas que podrán tenerse en cuenta será de 300 € (IVA excluido).

Sólo se admitirán como documentación justificativa del pago de los gastos documentos bancarios en que consten el número de cuenta y la titularidad de las personas receptoras y emisoras de los pagos (que deberán coincidir con las beneficiarias de las ayudas), así como el concepto y el importe (IVA incluido) del pago. Los mismos datos deberán constar en el caso de justificantes bancarios emitidos a través de internet. Los
datos de los justificantes bancarios de pago deberán coincidir exactamente con los de la factura. Si el importe reflejado en el documento bancario no coincide por existir varios pagos agrupados, se deberá presentar un desglose donde se puedan identificar los pagos en cuestión. No se admitirán los pagos en efectivo.

¿Qué obligaciones debes cumplir tras recibir la subvención pymes Galicia 2025?

Recibir la subvención pymes Galicia 2025 no es un “toma el dinero y corre”. Hay una serie de compromisos que debes cumplir si no quieres llevarte una sorpresita y verte obligado a devolver la ayuda.

En ningún caso se podrá realizar el pago de la subvención mientras la persona beneficiaria no figure al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y frente a la Seguridad Social, tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma

Entre las obligaciones:

Mantener, por lo menos durante un período de dos años desde la fecha de la resolución de concesión, una forma jurídica de entre las elegibles para resultar beneficiarias de la subvención concedida, así como la actividad empresarial.

Si se cesa la actividad antes de los dos años habría que devolver la subvención en la parte proporcional.

La inversión en bienes inscribibles en un registro público tendrá que ser mantenida, con vinculación a la actividad económica subvencionable y en el centro de trabajo en Galicia durante los 5 años siguientes a la fecha del pago final a la persona beneficiaria. El resto de la inversión deberá mantenerse con las mismas condiciones durante 2 años desde dicha fecha.

La subvención pymes Galicia 2025: tu impulso para crecer

En resumen, la subvención pymes Galicia 2025 es una oportunidad magnífica para quienes están empezando o consolidando su actividad empresarial en Galicia. Si eres autónomo o gestionas una pyme y has hecho inversiones importantes recientemente, no dejes pasar esta ayuda. Eso sí, revisa bien los requisitos, prepara la documentación con mimo y presenta tu solicitud cuanto antes. Ya sabes que se resuelve por orden de entrada y, en este caso, el que madruga… ¡tiene más posibilidades de conseguir el empujoncito que necesita para crecer!

Preguntas frecuentes sobre la subvención pymes Galicia 2025

¿Quién puede solicitar la subvención pymes Galicia 2025?
Pueden acceder autónomos, pymes, cooperativas y sociedades laborales que hayan iniciado su actividad en Galicia a partir del 1 de enero de 2023. También deben estar al día con Hacienda, Seguridad Social y demás obligaciones públicas.

¿Qué tipo de inversiones son subvencionables?
Las ayudas cubren una amplia variedad de gastos: equipos informáticos, software, mobiliario, reformas del local, eficiencia energética, alquiler de inmuebles, y más. Eso sí, todo debe estar vinculado directamente a tu actividad económica y realizado entre el 01/07/2024 y la fecha de solicitud.

¿Cuál es el porcentaje que puedo recibir con esta ayuda para pymes en Galicia?
La intensidad de la subvención varía según el importe invertido, y va desde el 45% hasta el 55%. Si tu proyecto evita el cierre de un negocio por falta de relevo generacional, puedes recibir un 10% adicional.

¿Cómo y cuándo se presenta la solicitud?
El plazo va del 21 de mayo al 30 de junio de 2025. La presentación es telemática y deberás adjuntar toda la documentación justificativa desde el primer momento: facturas y pagos bancarios incluidos. Recuerda que se tramita por orden de entrada.

¿Puedo incluir el IVA en la cantidad subvencionable?
No. El IVA no entra en la subvención, así que asegúrate de calcular solo sobre el importe neto.

¿Qué pasa si cierro el negocio antes de los dos años?
En ese caso, estarás obligado a devolver parte de la subvención proporcional al tiempo que no has mantenido la actividad.

¿Puedo pedir esta ayuda si trabajo desde casa?
No. Para justificar los gastos de alquiler, el espacio debe ser un local o centro de trabajo declarado oficialmente. El domicilio habitual queda fuera de la ayuda.

¿Qué ocurre si no recibo respuesta tras presentar la solicitud?
Si pasan tres meses desde que presentaste la solicitud y no has recibido resolución expresa, se considerará desestimada por silencio administrativo.


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