Desde el 31/03/2022, el contrato laboral en prácticas pasa a denominarse: «contrato de formación para la obtención de la práctica profesional».
Junto con el contrato para la formación en alternancia, son las dos modalidades de contratos llamados «formativos».

Índice de Contenidos
¿A quien podemos contratar con el contrato laboral en prácticas?
El contrato de trabajo formativo para la obtención de la práctica profesional podrá concertarse con quienes estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los tres años, o de cinco años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación cursados.
Requisitos para firmar el contrato laboral en prácticas
Para poder formalizar el contrato laboral en prácticas, es imprescindible cumplir con una serie de condiciones que aseguren la adecuación del perfil del trabajador y del puesto de trabajo a la finalidad formativa del contrato.
Podrás hacer este tipo de contrato:
- Con trabajadores ya titulados: independientemente de que la titulación habilitante sea universitaria, de ciclo formativo, máster, certificado de formación profesional o un título de enseñanzas artísticas o deportivas habilitante
- Cuando no hayan pasado tres años (cinco en el caso de trabajadores con discapacidad) desde que se obtuvo el título habilitante.
- Con trabajadores que no hayan trabajado ni se hayan formado en la empresa por más de tres meses, salvo que la formación o la práctica fuera necesaria para obtener el título o certíficado que permita la contratación.
- La empresa debe elaborar el plan formativo individual con el contenido de la práctica profesional y asignar tutor que cuente con la formación o experiencia adecuadas.
Estos requisitos están diseñados para garantizar que la persona contratada pueda aplicar sus conocimientos de forma práctica y que la empresa ofrezca un entorno que favorezca su desarrollo profesional.
Particularidades del contrato laboral en prácticas
El contrato laboral en prácticas debe tener una duración mínima de 6 meses y no puede superar el año completo, salvo que el convenio colectivo permita otra cosa dentro de esos límites.
Si, al finalizar el contrato, la persona trabajadora continúa en la empresa, no se podrá establecer un nuevo período de prueba. Además, el tiempo trabajado durante las prácticas se computará como antigüedad en la empresa.
Con la entrada en vigor de la Reforma Laboral de 2022, se establece que el período de prueba general será de un mes, salvo indicación diferente en el convenio colectivo.
Antes de esta reforma, se permitía una reducción salarial del 60% durante el primer año y del 75% en el segundo año respecto al salario fijado en convenio para un puesto equivalente. Sin embargo, esto ha cambiado: ya no se pueden aplicar esas reducciones.
Desde el 31/03/2022, la retribución en el contrato laboral en prácticas debe ajustarse al convenio colectivo aplicable, al grupo profesional y al nivel retributivo correspondiente a las funciones realizadas. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI) ni a la retribución mínima establecida para el contrato de formación en alternancia, proporcional al tiempo de trabajo efectivo.
El contrato laboral en prácticas para personas con discapacidad
Para formalizar este contrato habrá que ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Estos contratos para la adquisición de la práctica profesional con trabajadores con discapacidad tendrán derecho a una bonificación de cuotas con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal, durante la vigencia del contrato, del cincuenta por ciento de la cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a contingencias comunes, previstas para estos contratos.
Requisito la inscripción previa del trabajador como demandante de empleo en el SEPE.
Conclusión: ¿te conviene el contrato laboral en prácticas?
Como has visto, el contrato laboral en prácticas es una excelente vía para incorporar talento joven y cualificado en tu empresa, siempre que se cumplan los requisitos legales y formativos establecidos. Desde la reforma de 2022, este tipo de contrato ha ganado en protección para la persona trabajadora y en claridad para el empleador, garantizando una experiencia profesional real y alineada con la formación previa.
Ojito porque es muy importante revisar bien cada caso: la titulación, los plazos, el tipo de tareas que se van a desarrollar y, por supuesto, la correcta inscripción en el SEPE. Una buena gestión desde el inicio evitará problemas posteriores y te permitirá aprovechar todas las ventajas de este modelo contractual.
¿Tienes dudas sobre si puedes aplicar el contrato laboral en prácticas en tu negocio? No te preocupes, que para eso estoy aquí. Escríbeme y lo vemos juntos con calma.
Preguntas frecuentes sobre el contrato laboral en prácticas
¿Qué es exactamente el contrato laboral en prácticas?
Es un contrato formativo que permite a personas recién tituladas adquirir experiencia profesional relacionada con sus estudios. Desde 2022 se denomina oficialmente “contrato de formación para la obtención de la práctica profesional”.
¿Cuánto tiempo puedo tener a alguien con un contrato laboral en prácticas?
La duración mínima es de 6 meses y la máxima de 1 año, salvo que el convenio colectivo permita otro plazo dentro de ese rango.
¿Puedo contratar a alguien que acabó sus estudios hace más de tres años?
Solo si la persona trabajadora tiene reconocida una discapacidad, en cuyo caso el plazo se amplía a cinco años desde la finalización de los estudios.
¿Qué salario debo pagar en un contrato laboral en prácticas?
La retribución debe estar fijada en el convenio colectivo aplicable, y no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ni al mínimo establecido para los contratos de formación en alternancia, proporcional al tiempo de trabajo.
¿Hay bonificaciones si contrato a una persona con discapacidad?
Sí. Puedes beneficiarte de una bonificación del 50% en la cuota empresarial de la Seguridad Social durante la vigencia del contrato, siempre que se cumplan los requisitos legales.
¿Se puede aplicar este contrato a alguien que ya trabajó en mi empresa?
No, salvo que haya trabajado o se haya formado en tu empresa por menos de tres meses, y que esa actividad fuera necesaria para obtener la titulación.
¿Hace falta que la persona esté inscrita como demandante de empleo?
Sí, es un requisito indispensable que la persona esté previamente inscrita en el SEPE como demandante de empleo para poder formalizar el contrato.
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