Galicia, Subvención «nueva oportunidad»autónomo

Convocatoria 2024en plazoEn plazo:  23/01/2024 00:00 – 31/10/2024 23:59

TR790A – Programa nueva oportunidad

Subvención que se concede por orden de llegada de las solicitudes.

Concesión por orden de entrada, con la documentación completa.

Personas Beneficiarias:

Con el programa Nueva oportunidad se busca una segunda
oportunidad de las personas emprendedoras que adquirieron experiencia y que por diversas
causas tuvieron que cesar en su actividad pero quieren vuelver a emprender un negocio
y poner en valor la experiencia adquirida, en el mismo o diferente sector.
Esta ayuda está dirigida a las personas que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio

 Requisitos:

a) Haber causado alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o
cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad
de colegio profesional, en el período de 31 de octubre de 2023 al 30 de octubre de 2024, y
encontrarse de alta en el momento de la solicitud

b) Tener la última alta en el RETA antes de esta nueva alta, dentro de los últimos 3 años
desde la fecha de la publicación de esta orden.

c) Haber cotizado anteriormente a esta nueva alta al menos durante 3 meses ininterrumpidos
en su vida laboral en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o en
cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad
de colegio profesional.
d) Estar inscrita como persona demandante de empleo en los servicios públicos de empleo con carácter previo a la nueva alta y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral, manteniendo el alta en el RETA en el momento de la tramitación
y durante un tiempo mínimo de 24 meses desde la nueva alta.

e) Transcurrir un período mínimo de seis meses entre la nueva alta en la Seguridad
Social y la anterior baja.

f) Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia, con anterioridad a la nueva
alta, y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
g) Tener iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
h) Haberse dado de baja en el impuesto de actividades económicas de la actividad precedente.

Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias
de las ayudas de este programa cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades
civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que las
soliciten a título personal. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a
la presentación de la solicitud y con fecha posterior al 31 de octubre de 2023.

Quedan excluidas de las ayudas reguladas en esta orden las personas trabajadoras
autónomas que ya habían sido beneficiarias con anterioridad de esta ayuda (TR790A), así
como las personas trabajadoras autónomas miembros de entidades de economía social y
las personas autónomas administradoras que no acrediten participación en la empresa o
negocio. También quedan excluidas las personas autónomas colaboradoras y los miembros
de las sociedades mercantiles y sociedades laborales

Importe de la Ayuda:

Bono alta nueva oportunidad: se concederá una ayuda de 7.500 €. Se incrementa 500 euros si es mujer la solicitante.

COMPATIBILIDAD:

Esta ayuda será incompatible con las ayudas a la promoción del empleo autónomo
(TR341D) convocadas para el ejercicio 2023 y 2024, con las ayudas del programa Emega
(SI429A), convocadas para el ejercicio 2024 y con las ayudas del Programa I de fomento
del empleo en cooperativas y sociedades laborales (TR802G) del programa Aprol-Economía
social convocadas para el ejercicio 2024 con el programa de incentivos a las IEBTs (TR340E)

Esta ayuda será incompatible con la orden de promoción del autoempleo de las personas
gallegas retornadas (PR937A) para los ejercicios 2023 y 2024 y compatible con el Programa II: fomento del acceso a la condición
de persona socia (TR802J) del programa Aprol-Economía social

Compatible con el progra Re-Acciona del Igape para el año 2024.

Obligaciones de las personas beneficiarias

-Someterse a las actuaciones de comprobación y control y facilitar toda la información
requerida por los órganos verificadores
Permanecer de alta en autónomos un mínimo de 24 meses en la última alta, salvo cese por
causas ajenas a su voluntad, lo que deberá acreditar de manera fehaciente.

Si se mantiene la actividad 9 meses se devolvería sólo la parte proporcional.

Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp

“Este contenido ha sido creado el 23/01/2024, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com

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