Subvención para marketing digital al sector de hostelería gallego

subv para marketing
Subvención para marketing digital al sector de hostelería gallego 3

Procedimiento TU503C

Convocatoria 2021en plazoEn plazo:  25/09/2021 – 25/10/2021

Por orden de entrada!!!

Beneficiarios:

Podrán ser personas o entidades beneficiarias las personas trabajadoras autónomas, personas
físicas o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo; las microempresas y las pymes del
sector de hostelería que tengan su domicilio fiscal en Galicia.

Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades
Turísticas de la Xunta de Galicia

Gastos subvencionables, los siguiente realizados en el Periodo 01/01/2021 al 15/11/2021

1.1 Instalación de nuevos PMS (Property Management System)
1.2 Integración de PMS actuales
1.3 Instalación de nuevos CRM (Customer Relationship Management) integrados con PMS
1.4 Instalación de nuevos CRM no integrados con PMS
1.5 CMR integrado con PMS y herramientas de Big Data y Chatbots inteligentes
1.6 Productos/servicios de marketing orientados a captar y fidelizar nuevos mercados y clientes:

  • Gestión profesionalizada de RR.SS. (Redes Sociales)
  • Publicidad online
  • Campañas publicitarias con prescriptores
  • Reportajes fotográficos y de vídeo
  • Revisión de los APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Control Crítico)
  • Estudios de mercado
  • Estudios de comportamiento y satisfacción de clientes
  • Sistemas de marketing automation
    1.7 Web corporativa con motor de reservas
    1.8 Adquisición de hardware informático
    1.9 Gastos de personal: sistema de control del teletrabajo
  • 1.10 Equipamiento tecnológico:Equipamiento tecnológico, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia. y Equipamiento tanto básico como equipos informáticos, software…etc como específico.

Serán necesario aportar : Memoria explicativa en la que se defina de manera pormenorizada la inversión y las actuaciones que se van a desarrollar. y

Presupuesto de la inversión desglosado por partidas en el que se especificará el importe de la
ejecución.

El plazo para resolver la solicitud será de dos meses desde la publicación en el DOGA.

El importe de la subvención será del 100% para un gasto subvencionable de hasta 15.000,00
euros por persona beneficiaria.

Obligación:

las personas beneficiarias deberán incluir, en sus acciones promocionales, la marca
Xacobeo 21-22, de acuerdo con el manual de identidad visual. Los costes correspondientes a dicha publicidad serán por cuenta de la persona beneficiaria.

La entrega de la documentación justificativa tendrá de plazo hasta el 10 de diciembre de 2021.

Solo se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del período de justificación

Recibida la documentación justificativa de la subvención, los órganos competentes de la
Agencia, antes de proceder a su pago, realizarán las actuaciones de comprobación oportunas
para verificar el cumplimiento de la actividad subvencionada

Las personas o entidades beneficiarias, una vez dictada la resolución de concesión de la
subvención, podrán solicitar un anticipo de un 50 % de la subvención concedida

Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp

“Este contenido ha sido creado el 27/09/2021, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez. Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com


0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Busca por temática

Publicaciones Relacionadas