PROGRAMA EMEGA 2024 – SUBVENCIÓN AL EMPRENDIMIENTO FEMENINO GALLEGO

SI429A – Programa EMEGA 2024

Convocatoria 2024en plazoEn plazo:  28/08/2024 00:00 – 27/09/2024 23:59

El programa EMEGA 2024 comprende un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres y forman parte de las subvenciones al emprendimiento femenino en Galicia.

programa EMEGA 2024
PROGRAMA EMEGA 2024 - SUBVENCIÓN AL EMPRENDIMIENTO FEMENINO GALLEGO 3

El programa EMEGA 2024 es una ayuda que va por «puntos», no por orden de entrada.

Tiene varias Líneas:

a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.

b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad, dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y mejora. En ningún caso dichas medidas podrán consistir en la destrucción del empleo existente por cuenta propia y ajena.

c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.

d) Línea Concilia: ayuda complementaria de las líneas Emprende, Activa e ITEF para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.

La compatibilidad entre ayudas

Las subvenciones establecidas en esta orden para las líneas Emprende, Activa e ITEF son incompatibles entre sí, y dentro de cada línea solamente podrán ser beneficiarias de un único incentivo. Estos incentivos son compatibles con la ayuda complementaria Concilia prevista en esta orden.

Son incompatibles con las establecidas para la misma finalidad y concepto en los distintos programas de promoción del empleo autónomo, de fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales, de iniciativas de empleo y de iniciativas de empleo de base tecnológica convocadas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, así como con otras ayudas que para la misma finalidad y concepto puedan otorgar otros departamentos de la Xunta de Galicia u otras administraciones públicas o entidades privadas.

BENEFICIARIAS:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa EMEGA 2024, las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su Plan Activa en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 27 de septiembre del 2024.

Puede ser cualquier forma jurídica, pero en el caso de sociedades la administración de la empresa tienen que ejercerla mujeres y el capital social suscrito mayoritariamente por mujeres en las pequeñas empresas e íntegramente suscrito por ellas cuando se trate de microempresas.

Todas las promotoras de las empresas beneficiarias de las ayudas, con independencia de su grado de participación en el capital social de la empresa, deben estar de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional y estar vinculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional en ella.

En los casos de pluriactividad, se entenderá que se cumple este requisito de la vinculación cuando la relación laboral por cuenta ajena sea a tiempo parcial con un máximo del 50 % de la jornada ordinaria de trabajo.

A efectos de este programa EMEGA 2024, no se tendrán en cuenta las autónomas colaboradoras.

REQUISITOS:

Debe solicitarse una vez iniciada la actividad económica y laboral como subvención

A los efectos de este programa, los puestos de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido a tiempo parcial solo se tendrán en cuenta cuando la jornada de trabajo no sea inferior al 50 % de la jornada ordinaria de trabajo.

No haber percibido ayudas del programa EMEGA 2024 al amparo de las convocatorias de los últimos cinco años (2019, 2020, 2021, 2022 y 2023).

Para ser beneficiarias, los requisitos y condiciones comunes y específicos de cada línea deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período mínimo de permanencia de la actividad y del mantenimiento de los puestos de trabajo (dieciocho meses)

LÍNEAS DEL PROGRANA EMEGA 2024

Las promotoras antes del inicio de la actividad laboral deben estar desempleadas. En el caso de empresas constituidas por más de una promotora, esta condición deberá cumplirla, como mínimo, el 50 % de las promotoras.

A estos efectos, se entenderá por persona desempleada aquella que carezca de ocupación durante un período mínimo de un mes inmediatamente anterior a la fecha de efectos del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o en la mutualidad de colegio profesional.

No haber desarrollado actividad empresarial en la misma actividad económica en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o en la mutualidad de colegio profesional de la nueva actividad para la cual se solicita la ayuda, según los datos que consten en el informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social 

Se entenderá por misma actividad la coincidencia a nivel de tres dígitos de la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).

Cuantía:

a) Incentivo de 10.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.

b) Incentivo de 16.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.

c) Incentivo de 20.000 euros a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.

d) Incentivo de 22.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.

Podrán acogerse a los incentivos de la línea Activa las empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de reactivación para el mantenimiento del empleo y para asegurar el necesario equilibrio empresarial o un proyecto de mejora siempre que, además de los requisitos y condiciones generales y comunes para obtener la condición de beneficiaria se cumplan toda una serie de requisitos contenidos en las bases de la subvención.

Cuantía:

Incentivo de 8.000 euros a las empresas que mantengan el puesto de trabajo de la promotora, hasta 17.000 por cuatro o más puestos.

Podrán acogerse a los incentivos de la línea ITEF las empresas de nueva creación que respondan a un proyecto empresarial de carácter innovador, en el ámbito de la investigación y de la tecnología, constituidas por mujeres siempre que, además de los requisitos y condiciones generales y comunes para obtener la condición de beneficiaria cumplan los requisitos específicos que se indican en las bases.

Cuantía:

Incentivo de 18.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora, hasta 42.000 si se crean cuatro o más puestos.

Línea Concilia es una ayuda complementaria de las líneas Emprende, Activa e ITEF
que tiene por objeto favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral o profesional, tanto de las promotoras como de las personas trabajadoras.

Cuantía:

Consiste en un incentivo de 3.000 euros por empresa, siempre que forme parte de ella alguna promotora con hija/s o hijo/s menores de tres años en la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda. Y 5.000 euros por empresa si se crean acuerdos de flexibilización.

CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PROGRAMA EMEGA 2024:

1.1. Por el empleo femenino generado y/o mantenido, por cuenta propia o por cuenta ajena de carácter indefinido, con el proyecto empresarial objeto de la ayuda que se solicita, hasta un máximo de 40 puntos, según lo siguiente:

a) Un puesto de trabajo para mujeres: 10 puntos.
b) Dos puestos de trabajo para mujeres: 15 puntos.
c) Tres puestos de trabajo para mujeres: 25 puntos.
d) Cuatro puestos de trabajo para mujeres: 30 puntos.
e) A partir de cinco puestos de trabajo para mujeres: 35 puntos.

1.2. Por la pertenencia a sectores económicos en los cuales las mujeres estén infrarrepresentadas: 5 puntos

A estos efectos, se tendrán en cuenta los datos de afiliaciones a la Seguridad Social en alta laboral según régimen, ramas de actividad y sexo. Galicia, diciembre de 2022. Fuente: Instituto Gallego de Estadística (IGE). Se entenderá que hay infrarrepresentación cuando exista una diferencia porcentual de, por lo menos, 20 puntos entre el número de mujeres y el número de hombres.

1.3. Por la contribución a la integración laboral de mujeres con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %; mujeres víctimas de violencia de género; desempleadas de larga duración (a estos efectos, se entenderá que están en esta situación las que lleven más de doce meses sin ocupación en la fecha de inicio de la actividad laboral y esta alta laboral se produzca a partir del 1 de agosto de 2023). Hasta un máximo de 10 puntos, 2 puntos por cada una de estas situaciones que concurran en la trabajadora por cuenta propia o por cuenta ajena.

1.4. Por tratarse de una actividad empresarial dedicada a la prestación de servicios de conciliación (servicios de atención y cuidado de personas dependientes a cargo), hasta 10 puntos, según la población del ayuntamiento donde se desarrolle la actividad empresarial:

a) Hasta 5.000 habitantes: 10 puntos.

b) De 5.001 a 10.000 habitantes: 9 puntos.

c) De 10.001 a 15.000 habitantes: 8 puntos.

d) De 15.001 a 20.000 habitantes: 7 puntos.

e) Más de 20.000 habitantes: 6 puntos.

A estos efectos, se tendrán en cuenta las cifras oficiales de población en 1 de enero de 2023, fuente IGE.

Para la aplicación de este criterio, se tendrá en cuenta el lugar donde se desarrolla la actividad según los datos que figuren en el alta del IAE o, de no constar este dato, el domicilio fiscal.

1.5. Por la localización de la actividad empresarial, hasta un máximo de 15 puntos de acuerdo con lo siguiente:

1.5.1. Por la población del ayuntamiento según las cifras oficiales de población en 1 de enero de 2023 (fuente IGE), hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:

a) Hasta 5.000 habitantes: 10 puntos.

b) De 5.001 a 10.000 habitantes: 9 puntos.

c) De 10.001 a 15.000 habitantes: 8 puntos.

d) De 15.001 a 20.000 habitantes: 7 puntos.

e) De 20.001 a 40.000 habitantes: 6 puntos.

f) Superior a 40.000 habitantes: 5 puntos.

Las cifras oficiales de población a 1 de enero de 2023 se podrán consultar en el portal web de la Xunta.

1.5.2. Por la implantación o funcionamiento de la iniciativa empresarial en un ayuntamiento emprendedor: 5 puntos.

1.6. Por el empleo de un lenguaje inclusivo en toda la documentación que se presente para tramitar el procedimiento: 5 puntos.

1.7. Por la descripción detallada y pormenorizada de cada uno de los apartados del plan de negocio empresarial que se presente para tramitar el procedimiento: 5 puntos.

1.8. Línea ITEF: los proyectos empresariales presentados al amparo de la línea ITEF que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8 serán valorados automáticamente con una puntuación de 15 puntos, teniendo en cuenta que estos proyectos suponen la creación de empleo cualificado y el desarrollo de productos o servicios de carácter innovador y con alto contenido científico y/o tecnológico.

PLAZO DE JUSTIFICACION:

Plazo de justificación del programa EMEGA 2024: tienes hasta el 16 de diciembre de 2024 para entregar toda la documentación necesaria.

Se podrá obtener un anticipo del 80% con anterioridad a la justificación de la ayuda. Si necesitas un empujoncito antes de esa fecha, puedes solicitar un anticipo del 80% del total de la ayuda, sin tener que esperar a justificarla. Eso sí, ¡mejor que no lo dejes para el último momento! Así te aseguras de que todo esté en orden y no tengas sorpresas de última hora.

OBLIGACIONES DEL PROGRAMA EMEGA 2024:

Realizar la actividad y mantener el empleo que fundamenta la concesión de la subvención durante el período mínimo de permanencia de dieciocho meses.

Recuerda que es súper importante mantener la actividad y los puestos de trabajo que justifican la concesión de la subvención durante, al menos, 18 meses. Esto significa que tienes que cumplir con lo acordado y asegurarte de que tu negocio siga en marcha durante ese tiempo. Si todo va según lo previsto, no solo habrás aprovechado al máximo la ayuda, sino que también habrás dado un paso firme hacia el crecimiento y estabilidad de tu proyecto. ¡No te despistes!

¡ATENCIÓN! EL PLAZO PARA LA CONVOCATORIA 2024 SIGUE ABIERTO

Así que ya lo sabes, emprendedora, el Programa EMEGA 2024 es una gran oportunidad para impulsar tu negocio.

Con líneas de apoyo como Emprende, Activa, ITEF y Concilia, tienes a tu disposición incentivos económicos para arrancar o mejorar tu empresa, siempre y cuando esté liderada por mujeres. Es el momento de aprovechar estas ayudas para consolidar tu proyecto y generar empleo femenino estable. Recuerda que tienes hasta el 27 de septiembre de 2024 para presentar tu solicitud, ¡no lo dejes pasar!

Si deseas saber más contacta conmigo en Mí WhatsApp

¡No te pierdas ninguna novedad!

Sigue mi canal de YouTube donde comparto consejos, tutoriales y recursos esenciales para autónomos y emprendedores. Suscríbete ahora y activa las notificaciones para estar al día con los mejores contenidos que te ayudarán a gestionar y hacer crecer tu negocio.

¡Haz clic aquí para suscribirte!

“Este contenido ha sido creado el 02/09/2024, se encuentra protegido por derechos de autor desde ese momento a favor de Begoña Fernández Enríquez.

Está permitida su reproducción, distribución o cualquier otra forma de compartir este contenido, sea gratuito o no, parcial o total. Se requiere la mención a Begoña Fernández Enríquez, por tener la autoría. Para un uso comercial se requiere una licencia especial. Para mayor información por favor escribir a info@asesoraemprende.com

“El contenido de los artículos pretende informar, de forma general, a los clientes, reales o potenciales, de diferentes aspectos que pueden ser de su interés o utilidad. No es su cometido detallar de forma exhaustiva, trámites, condiciones o requisitos ni sustituir un asesoramiento especializado que atienda a cada caso particular y sus necesidades. De ningún modo Begoña Fernández Enríquez se responsabiliza de actuaciones individuales iniciadas tras la lectura de los mismos y que no le hayan sido expresamente encargadas”.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Busca por temática

Publicaciones Relacionadas