El Registro de la Jornada Laboral

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NOVEDAD 12/05/2019: Registro obligatorio de la jornada en todos los casos

El registro de la jornada ya era obligatorio para los trabajadores que tengan contrato a tiempo parcial, pero, ahora, desde el 12 de mayo próximo, lo será para todos, incluidos los trabajadores a tiempo completo.

El incumplimiento de este registro supone importantes sanciones, de 626 a 6250 euros!!!!

Razón importante para no descuidar esta nueva obligación, a la que los inspectores de trabajo están dando mucha importancia, obvio por qué verdad??

Además, esa hoja de registro horario se la debes entregar al trabajador junto a la nómima, una copia, el original te lo quedas, debes conservarlo durante 4 años.

(…)La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora…

Importante:

De comprobarse falta alguna en el registro el contrato del trabajador contratado a jornada parcial se presumirá automáticamente a jornada completa.

Otra razón de peso para no descuidar el registro de jornada.

Cuidado, no caigas en la tentación de cubrir la hoja mensual toda junta, lo primero que te pedirá un posible inspector es la hoja en vigor, para ver que se ha firmado los días anteriores y el día en curso…

Si necesitas una plantilla para llevar ese control horario, pídela a info@asesoraemprende.com y te la enviaremos sin cargo.

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