EXTRAORDINARIA:
El BOE del 18 de marzo establece una prestación nueva, extraordinaria, no tiene nada que ver con la prestación que ya existía para el caso de cese de actividad, la conocida como «paro del autónomo», que en la práctica las Mutuas concedían sólo en el 60% de los casos por sus muchos requisitos.
De hecho, se especifica que esta prestación no reducirá el derecho a una futura prestación por cese de actividad.
DURACIÓN:
Tiene una vigencia limitada a un mes, desde el 14 de marzo que es cuando se declaró el estado de alarma. Así que duraría hasta el 14 de abril, o, de prolongarse el estado de alarma, hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma.
BENEFICIARIOS:
- los autónomos cuyas actividades quedaron suspendidas por el Real Decreto del 14 marzo
primer problema: hay actividades que quedaron suspendidas después, en Galicia, el 15 de marzo se suspendieron unas y se permitieron otras….., el BOE especifica que sólo las que menciona el Real decreto del 14 de marzo
2. los autónomos cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida al menos en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior
En cualquier caso cuando concedan, sería igualmente del 14 de marzo al 14 de abril (salvo cambios en la fecha de fin del actual estado de alarma)
REQUISITOS:
a. estar de alta en autónomos a fecha 14 de marzo de 2020
b. en caso de que la actividad no sea de las suspendidas por el Real Decreto del 14 de marzo, acreditar la reducción de la facturación en al menos el 75% respecto al segundo semestre del 2019
c. Hay que estar al corriente de pagos con la seguridad social.
Si tienes alguna deuda, te darán un plazo improrrogable de 30 días para ingresarla.
Así que antes de presentar la solicitud, recomendable sacar un certificado de estar al día con la seg social.
CUANTIA:
El 70% de la base de cotización
Si tienes la mínima, el 70% de 944,40, o sea, 661,08 euros
PLAZO:
Hasta el último día del mes siguiente a la finalización del estado de alarma. Por tanto, hasta 31/05/2020.
INCOMPATIBLE:
La percepción de esta prestación será incompatible con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social
(con lo que se entiende que si estás de baja médica, que ya estarás cobrando prestación, tendrás que esperar a finalizarla para poder pedir esta otra prestación)
DONDE SE SOLICITA:
Deberás gestionarla en la Mutua que elegiste al darte de alta en autónomos.
Si no lo recuerdas, en tu alta de autónomos te lo indica.
Todo debe hacerse vía on line, ya que las Mutuas no atienden de forma presencial en este estado de alarma.
En su página web tendrás el formulario para poder solicitar.
NOTAS ACLARATORIAS:
Destacar que para poder cobrar la prestación por cese hay que estar de alta en autónomos!!, así que cuidado, no darse de baja. No hay que cesar actividad en hacienda ni seguridad social.
Además, si te la conceden, ese tiempo se entiende cotizado, lo que significa que NO tendrás que pagar la cuota de autónomos.
Quien esté con la Tarifa Plana también puede pedirla, sin problemas.
¿Qué documentación habría que presentar?
Aquellos cuya actividad se encuentra entre las suspendidas por el RD 463/2020:
• Solicitud de prestación (on line).
• Modelo 145 de datos al pagador. (SI quieres que retengan algo lo pones, sino no se retendrá nada)
• Fotocopia DNI/NIE/Pasaporte.
• Número de Cuenta Bancaria, código IBAN.
• Los dos últimos recibos de cotización.
• Libro de familia en el caso de hijos a cargo.
Además de esta documentación, aquellos cuya actividad no se haya suspendido
deberán acreditar la reducción de su facturación.
COMPRUEBA SI TU ACTIVIDAD ES DE LAS OBLIGADAS A CERRAR
CNAE | TITULO |
4511 | Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros |
4519 | Venta de otros vehículos de motor |
4532 | Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor |
4719 | Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados |
4751 | Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados |
4752 | Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados |
4753 | Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados |
4754 | Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados |
4759 | Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados |
4761 | Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados |
4763 | Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados |
4764 | Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados |
4765 | Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados |
4771 | Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados |
4772 | Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados |
4777 | Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados |
4778 | Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados |
4779 | Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos especializados |
4782 | Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercadillos |
4789 | Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y mercadillos |
5610 | Restaurantes y puestos de comidas |
5621 | Provisión de comidas preparadas para eventos |
5630 | Establecimientos de bebidas |
5914 | Actividades de exhibición cinematográfica |
7911 | Actividades de las agencias de viajes |
9001 | Artes escénicas |
9004 | Gestión de salas de espectáculos |
9102 | Actividades de museos |
9103 | Gestión de lugares y edificios históricos |
9104 | Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales |
9105 | Actividades de bibliotecas |
9106 | Actividades archivos |
9200 | Actividades de juegos de azar y apuestas |
9311 | Gestión de instalaciones deportivas |
9312 | Actividades de los clubes deportivos |
9313 | Actividades de los gimnasios |
9319 | Otras actividades deportivas |
9321 | Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos |
9329 | Otras actividades recreativas y de entretenimiento |
9602 | Peluquería y otros tratamientos de belleza |
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